Opinión | entre acordes y cadenas

Genocidio palestino y otros mantras

Son un plan coordinado que busca la destrucción de los fundamentos de la vida de grupos nacionales

Genocidio. Qué palabra tan potente. Nos hierve la sangre nada más oírla, pues rápidamente recordamos a los millones de víctimas inocentes que perecieron bajo el yugo del régimen nazi. Millones de hombres, mujeres y niños perseguidos simplemente por su condición. En los campos de concentración, cada uno de ellos era identificado con un triángulo de distinto color. Rosa, para los homosexuales; morado, para los testigos de Jehová; marrón, para los gitanos; y amarillo, con un triángulo más en forma de estrella de David, para los judíos.

Más de seis millones de judíos, dicen los historiadores, perdieron su vida, en lo que, en nuestro idioma, se conoce como el «Holocausto». La Shoá, en hebreo. Uno de los mayores genocidios de la historia de la humanidad. Pero lo que pocos saben es que, en sus inicios, este término todavía no existía, sino que fue una creación del jurista polaco de origen judío Raphael Lemkin, que lo acuñó en 1944, en su obra ‘Axis Rule in Occupied Europe’ (’El dominio del Eje en la Europa ocupada’).

En sus palabras: «Por genocidio nos referimos a la destrucción de una nación o de un grupo étnico (...). Esta palabra no significa necesariamente la destrucción inmediata de una nación, excepto cuando se lleva a cabo a través de una matanza masiva de todos los miembros de la misma, sino un plan coordinado de diferentes acciones que buscan la destrucción de los fundamentos esenciales de la vida de grupos nacionales con el propósito de aniquilar a estos mismos grupos. Los objetivos de un plan como ese serían la desintegración de las instituciones políticas y sociales, de la cultura, de los sentimientos nacionales, de la religión y de la existencia económica de grupos nacionales y la destrucción de la seguridad personal, de la libertad, de la salud, de la dignidad e incluso de la vida de los individuos que pertenecen a tales grupos. El genocidio se dirige contra el grupo nacional como entidad y las acciones implicadas están dirigidas contra los individuos, no como tales sino como miembros del grupo nacional.

Un concepto que, más tarde, se trasladó al Derecho Internacional, hasta el punto de que fue incorporado como uno de los crímenes susceptibles de ser enjuiciados por la Corte Penal Internacional. Su Estatuto, de 1998, lo regula en su artículo 6, que considera «genocidio» la matanza de miembros de un grupo nacional, étnico, racial o religioso, la lesión grave a su integridad física o mental, el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, las medidas destinadas a impedir nacimientos en su seno o el traslado por la fuerza de niños de dicho grupo a otro grupo, siempre que estos actos se ejecuten con la intención de destruir total o parcialmente al citado grupo.

*Juez y escritor

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