Ayuntamiento de Córdoba

El juzgado archiva el segundo caso Infraestructuras que denunció David Dorado

El edil elevó esta denuncia a los tribunales después de que se abriera una causa contra él por contratos irregulares

El magistrado entiende que las sospechas vertidas en la contratación del alumbrado público no han quedado acreditadas

David Dorado, a la salida de la Ciudad de la Justicia, en una imagen de archivo.

David Dorado, a la salida de la Ciudad de la Justicia, en una imagen de archivo. / A.J. González

Irina Marzo

Irina Marzo

El juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa presentada por el entonces delegado de Infraestructuras, David Dorado, sobre supuestas irregularidades en contratos de esta delegación anteriores a su mandato. El edil presentó esta denuncia, que se conoció como el segundo caso Infraestructuras, justo después de abrirse una primera causa en el juzgado de Instrucción número 4 y en la que se imputó a su entonces mano derecha (la coordinadora general del área) y a un técnico de Infraestructuras, y en la que él mismo tiene la condición de investigado.

Este segundo caso Infraestructuras estudiaba si existieron amaños en varios contratos realizados en el área de Alumbrado público relativos al uso de determinadas luminarias y unos cuadros eléctricos antes de que la gestionase David Dorado.

En su denuncia, el entonces teniente de alcalde ponía a disposición de la justicia sus sospechas sobre una serie de irregularidades en licitaciones de obras relativas a sustitución de luminarias de alumbrado público de Córdoba y remodelación de nuevas calles que incorporan alumbrado y cuadros de mando. Según Dorado su conocimiento de estas irregularidades derivó de las quejas y comunicaciones de empresas licitadoras no adjudicatarias de los contratos que aducían “un presunto complot en los términos de redacción de los proyectos que, han hecho inviable desde el punto de vista económico, acceder de manera real y desde un punto de vista objetivo a ofertas competitivas que les permitieran ser adjudicatarias estas obras”. Sin embargo, el juez determina que "nunca se haya registrado queja alguna de ninguna empresa licitadora que ilustre sobre una posible restricción de la libre concurrencia en las licitaciones". 

José María Bellido y David Dorado, en una foto de archivo.

José María Bellido y David Dorado, en una foto de archivo. / CÓRDOBA

Declaraciones denegadas

Además, Dorado había pedido al juez de Instrucción número 2 de Córdoba que llamase a declarar como testigos el alcalde, José María Bellido, y el concejal del PP Miguel Ángel Torrico en relación con dos contratos que firmaron ambos sobre alumbrado público en 2013, cuando eran concejales en la Corporación de José Antonio Nieto. El juez siempre había rechazado esa posibilidad.

"No ha lugar a practicar las diligencias de instrucción solicitadas por las partes y mencionadas en el cuerpo de esta resolución. Se tiene por personado y parte al Ayuntamiento de Córdoba y, en su nombre y representación al letrado asesor del mismo, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en el modo y forma ordenado en la ley", dijo el juez en su auto para rechazar sendas testificales.

Sospechas desde primera hora

Para el sobreseimiento de la causa, el juez explica en su auto que ya "desde las primeras declaraciones tomadas en la precedente instrucción procesal ha cobrado fuerza la idea de que la denuncia formulada por David Dorado Ráez, más que responder a quejas reales de empresas molestas por haberse sentido apartadas de los procesos de licitación de las obras -nuevas o de remodelación- del alumbrado municipal en Córdoba, parecía estar inspirada en móviles espurios al detectarse estar basada en un informe pericial de escaso rigor confeccionado ad hoc para que sirviera de soporte a una serie de imputaciones que, por lo que no es que sean temerariamente falsas (aunque lo parecen) pero sí que no se presentan con la justificación necesaria para ser judicializadas; menos aún en el ámbito de la justicia penal". De hecho, en el auto el juez cuestiona el informe que el denunciante adjuntó para avalar su denuncia (realizado por un perito), ya que el autor de esta auditoría externa reconoció en sede judicial que la mayor parte del documento había que adjudicársela al mismo Dorado. En el auto, el magistrado recoge como "el autor del informe acaba afirmando -para sorpresa de todos- que, al día de hoy, no detecta indicio alguno de fraude y que anularía la parte subjetiva de su informe". 

Conclusiones

En sus conclusiones, Arturo Vicente Rueda, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Córdoba, dice que "sin despreciar la existencia de irregularidades que, no sabemos si son debidas a la dinámica propia de la contratación administrativa, al escaso rigor en los procedimientos seguidos ("por las prisas, por desconocimientos", letrado Asesoría Jurídica Municipal, dixit), no creemos que éstas sean suficientes para concluir que haya existido trato de favor, que se haya limitado la libre concurrencia en la contratación, que se hayan abonado facturas indebidas o consumado contrataciones directas ilícitas, más allá de la relevancia meramente administrativa que pueda atribuirse a las mismas; todo lo cual nos lleva a decretar el sobreseimiento provisional de la causa, al amparo de lo establecido en los artículos 641,1º y 779, 1,1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al no resultar debidamente acreditada la perpetración de los hechos que han dado lugar a la formación de la causa".