Investidura
Montero dice que el Gobierno sigue adelante con la preparación de los Presupuestos para 2024
Aunque la ministra de Hacienda en funciones es consciente de que "en todo caso, se producirá un retraso en su aprobación"
Rosa María Sánchez
La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, ha asegurado este jueves que, pese al calendario parlamentario que impone el proceso de investidura del próximo presidente del Gobierno, su ministerio sigue adelante con la preparación de los Prespuestos del Estado para 2024, aunque es consciente de que "en todo caso, se producirá un retraso en su aprobación" y será preciso algún tipo de prórroga de los actuales.
La titular de Hacienda admite que, en todo caso, será preciso prorrogar un tiempo las Cuentas de 2023 durante el año próximo
En declaraciones en La Hora de la 1, en RTVE, Montero ha dicho que tiene el encargo expreso del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de trabajar en el proyecto de Presupuestos del Estado para 2024. "Y en ello estamos", ha resuelto. Ha explicado que "evidentemente la voluntad del Gobierno es poder aprobar los Presupuestos en tiempo y en forma para que entren en vigor [después de] el 31 de diciembre", si bien ha admitido que "es evidente que el calendario lo puede retrasar, pero se produciría en todo caso eso: un retraso en su aprobación".
La titular de Hacienda ha dicho que su departamento ya viene haciendo desde hace semanas todo el trabajo previo a la aprobación de un proyecto de Presupuestos, "que consiste fundamentalmente en determinar el perímetro donde se tienen que desarrollar esas cuentas públicas, los trabajos con Bruselas, en el interior del propio Gobierno, con las previsiones macroeconómicas, etcétera". Y ha añadido: "Por tanto, nosotros vamos a seguir trabajando para que en el momento en que esté finalice la investidura y esté designado el Gobierno se pueda impulsar ese proyecto, pero todavía es prematuro decir que se renuncia al proyecto de presupuestos. Todo lo contrario".
Calendario presupuestario
Con carácter general, el trabajo previo a la aprobación de un proyecto de Presupuestos incluye la posible revisión de las perspectivas macroeconómicas y la aprobación del techo de gasto (a finales de junio o principios de julio), sujeto a los objetivos de déficit y deuda del año siguienete. A finales de julio se suele producir la convocatoria de los representantes autonómicos y locales en el Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) y en la Comisión Nacional de Administración Local (CNAL) para la asignación de los objetivos presupuestarios a las administraciones territoriales.
Lo cierto es que ninguno de estos pasos previos se han producido hasta el momento, debido al calendario impuesto por la celebración de las elecciones generales el 23 de julio.
El calendario habitual de la confección presupuestaria suele incluir negociaciones con otros grupos políticos a partir de la segunda mitad de agosto, antes de la aprobacion del proyecto de Presupuestos en el Consejo de Ministros, que debería ser antes del 30 de septiembre si bien esta fecha se ha incumplido de forma sistemática en los últimos ejericicios.
Esté aprobado o no el proyecto de Presupuestos para el año próximo, el Gobiermo de turno debe remitir a la Comisión Europea antes del 15 de octubre el llamado Plan Presupuestario de España, con las directrices básicas de las cuentas de todas las administraciones públicas -Estado, autonomías y corporaciones locales- para el año siguiente. La Comisión Europea ha de examinar si esas directrices se ajustan a las dispuestas desde Bruselas. En esta ocasión, las cuentas españolas deberán ajustarse a las nuevas reglas de disciplina presupuestaria y reducción del déficit público que, según lo previsto, se estrenarán en 2024 en la zona euro. La Comisión Europea tiene capacidad para enmendar las cuentas de los países durante el mes de noviembre.
En lo que sería un calendario habitual, el proyecto de Presupuestos del Estado debe quedar aprobado de forma definitiva por el Congreso y el Senado y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del 31 de diciembre para su entrada en vigor el 1 de enero siguiente. Si no es así, se produce la prórroga automática de las cuentas del año previo si bien es posible aprobar con retraso unos nuevos Presupuestos con el nuevo ejercicio ya en marcha, con determinados efectos retroactivos desde el 1 de enero.
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