JUZGADOS
El Ayuntamiento de Córdoba estudia la sentencia que obliga a devolver 200.000 euros a los bomberos
El gobierno municipal pone el asunto en manos de la asesoría jurídica municipal para decidir qué hacer en el plano judicial
El juez ha dado la razón al Sindicato Andaluz de Bomberos que acudió a los tribunales por el cobro de los polémicos complementos salariales
El Ayuntamiento de Córdoba estudia recurrir la sentencia judicial que le ha dado la razón al Sindicato Andaluz de Bomberos (SAB) sobre la polémica devolución de 200.000 euros cobrados por 160 empleados del Servicio de Extinción, Incendios y Salvamento de Córdoba (SEIS) en concepto de festivos trabajados.
Las polémicas cantidades exigidas por el Consistorio, y que la mayoría de bomberos ya habían devuelto, se abonaron entre enero de 2018 y febrero de 2022 en concepto de sábados, domingos y festivos trabajados en turnos de 24 horas y media, y oscilaban entre los 13 euros y los 1.800 euros por bombero, en función del tiempo trabajado (algunos de ellos están ya incluso jubilados). El Ayuntamiento puso de fecha tope para la devolución el 22 de febrero de 2023, pero ahora esta sentencia puede provocar el efecto contrario, es decir, que sea el Consistorio el que deba rembolsar esos pagos a los trabajadores.
En manos de los asesores jurídicos
Fuentes municipales informan de que los servicios jurídicos del Ayuntamiento están estudiando la sentencia, como en cualquier otra ocasión, para ver la posibilidad o no de recurrir. «Desde el gobierno municipal nos gustaría aclarar definitivamente este asunto y que desde la premisa que tenemos de defender el dinero y el interés público, que es lo que nos ha llevado a actuar hasta ahora la forma que hemos hecho, si los jueces dan la razón a los bomberos no lo consideramos una mala noticia, si no que nos abre una oportunidad de cerrar esta cuestión evaluada por la justicia», apuntan estas fuentes que están a la espera de conocer la opinión de los letrados de la asesoría jurídica.
En este caso, cabría por parte del Ayuntamiento iniciar un procedimiento de declaración de lesividad, al margen de que el problema podría surgir en las reclamaciones individuales al haberse superado el plazo de reclamación inicialmente previsto.
Qué ha dicho el juez
En concreto, lo que anula el juez es la resolución municipal de noviembre del 2022 que instaba a los afectados a devolver la cantidades percibidas al entender que "el cauce de devolución de pagos indebidos no es el adecuado", lo que hace "nulos o al menos anulables los actos recurridos", sin perjuicio de otras vías que pueda emprender el Ayuntamiento para reponer los efectos de las situaciones producidas. Eso sí, el juez advierte en su escrito que si bien el SAB tiene total legitimación en defensa del interés profesional de los bomberos de Córdoba, "no puede instar el reconocimiento de situaciones jurídicas individualizadas".
En la sentencia, el juez indica que es "poco verosímil y creíble que el supuesto error (del cobro de los complementos) surgiera y se arrastrara durante años, afectando a todo un colectivo (multitud de interesados), sin decisión o acuerdo algunos, aún no expresos, de alguna persona con responsabilidad al respecto dentro del Ayuntamiento".
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