AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA

Estas son las alegaciones incluidas a última hora en la ordenanza de movilidad de Córdoba

El pleno da luz verde a la nueva norma con las modificaciones propuestas por el Consejo del Movimiento Ciudadano o la Plataforma Carril Bici

Un conductor de patinete es parado por la Policía Local.

Un conductor de patinete es parado por la Policía Local. / MANUEL MURILLO

Irina Marzo

Irina Marzo

La ordenanza de movilidad de Córdoba se ha aprobado hoy y entrará en vigor en cuanto se publique en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) con la inclusión de una decena de alegaciones que se han incluido a última hora. Se trata de las aportaciones sugeridas por el Consejo del Movimiento Ciudadano, la Plataforma Carril Bici o grupos municipales como Izquierda Unida y Podemos. La nueva norma regula por primera vez la circulación de patinetes eléctricos y vehículos de movilidad reducida, incorpora nuevos derechos y obligaciones para ciclistas e incorpora las llamadas zonas de bajas emisiones (ZBE).

Las alegaciones que se han incorporado al texto original de la ordenanza de movilidad son las siguientes:

Adelantar a un ciclista con 2 metros de distancia

Para que el conductor de un automóvil pueda adelantar a un ciclista deberá incluso ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, dos metros que garantice la seguridad entre la bicicleta y el automóvil. Además, cuando un automóvil circule detrás de una bicicleta, mantendrá una distancia de seguridad prudencial y proporcional a la velocidad, que nunca deberá ser inferior a 5 metros.

Qué es un ciclo-carril

Se considera ciclo-carril al situado más a la derecha en una calzada con varios carriles para el mismo sentido, excluyendo, los carriles reservados, y podrá ser compartido por bicicletas, vehículos de movilidad personal y el resto de vehículos. Su velocidad estará limitada a 30 Km/h y estará suficientemente señalizado.

Cómo debes circular en un parque si eres ciclista

En los parques y jardines públicos urbanos en los que no haya junto a ellos un carril bici, las bicicletas podrán circular por los paseos pavimentados de más de 3 metros de ancho, teniendo estos paseos la consideración de senda ciclable, compartiéndolos con los peatones y debiendo circular como máximo a 10 kilómetros por hora, adaptándose a la densidad peatonal, llegando a detenerse si fuera preciso. No podrán circular por circuitos naturales destinados a correr y andar.

Dónde puedo aparcar la bici

Queda específicamente prohibido estacionar las bici y patinetes en los árboles; los elementos de mobiliario urbano cuando se dificulte el destino, la funcionalidad del elemento o cuando estos se puedan dañar; las zonas que impidan el paso de peatones, el acceso al transporte público y el uso específico de espacio reservado; donde haya reserva de estacionamiento para personas con movilidad reducida, de carga y descarga en la calzada o de servicio público, durante las horas de reserva.

Excrementos de caballo

Los excrementos de los animales no podrán quedar depositados en la vía pública, siendo responsables de su recogida el dueño o persona que transite con dichos animales (la ordenanza se refiere a los caballos) imponiéndose en su caso las sanciones que corresponda de conformidad con la normativa vigente.

Imagen de archivo de un coche de caballos en Córdoba.

Imagen de archivo de un coche de caballos en Córdoba. / CÓRDOBA

Aparcamientos regulados

El Ayuntamiento podrá delimitar zonas específicas de la ciudad en las que el estacionamiento se sujete a limitaciones horarias y/o al pago de la exacción procedente. 

Paradas de autobuses interurbanos

Las paradas de los autobuses de líneas interurbanas regulares solo podrán tomar y dejar viajeros en la Estación de Autobuses, salvo que se autoricen casos excepcionales previo acuerdo con el Consorcio de Transporte Metropolitano de Córdoba.

Estacionamiento en zona peatonal

Las diferentes plazas de estacionamientos en zona vecinal podrán ser flexibles en sus condiciones de gestión, como días y horarios de funcionamiento, para ajustarse mejor a las características del ámbito y a las necesidades de sus residentes.

Zonas de Bajas Emisiones

Se añade a la ordenanza un apartado específico para regular las Zonas de Bajas Emisiones, a las que obliga el Gobierno central lomo medida para reducir la contaminación en las ciudades. En el caso de Córdoba, estas zonas se asimilarán inicialmente a las zonas que ya están restringidas al tráfico en el centro, las llamadas zonas Acire, que cubren prácticamente todo el casco histórico. El Ayuntamiento de manera paralela ha encargado un estudio técnico para saber dónde sería mejor la ubicación de las ZBE cuyos resultados se conocerán en junio. Hasta ese momento, las ZBE serán las mismas que las Acire, es decir, que por estas zonas cuando se declare que la ciudad supera los índices de contaminación establecidos podrán circular además de los vehículos habituales los eléctricos.