Fuerzas de seguridad

La Policía limita "patada en la puerta" a casos de riesgo grave para la vida

La decisión llega un año después de las polémicas entradas por la fuerza a domicilios en los que supuestamente se estaban celebrando fiestas en pleno estado de alarma

EFE

La Policía Nacional ha limitado las entradas a domicilios por delitos flagrantes, conocidas como "patada en la puerta", a los casos de "estricta necesidad" que eviten situaciones de riesgo "grave e inmediato para la vida" de las personas.

En una comunicación interna dirigida a todas unidades policiales de seguridad ciudadana firmada por el comisario jefe de esta Brigada y a la que ha tenido acceso Efe, el mando establece un nuevo protocolo para la coordinación de los agentes en los supuestos de delitos flagrantes en el interior de las viviendas.

La instrucción se produce casi un año después de la polémica surgida ante varios casos de entradas por la fuerza a domicilios en los que supuestamente se estaban celebrando fiestas en pleno estado de alarma pese a las restricciones sanitarias, algunos de los cuales han sido judicializados.

Ahora, la nota, fechada el pasado 10 de febrero, indica a los agentes que la entrada se ceñirá a "situaciones en que la actuación sea estrictamente necesaria para evitar situaciones de riesgo grave e inmediato para la vida o la integridad física de las personas".

Además, señala que la decisión corresponderá al jefe de los efectivos que estén llevando a cabo la intervención.

Este mando, dice el documento, "valorará especialmente contar con la fuerza suficiente" para llevar a cabo la entrada, minimizando el riesgo para los agentes a su cargo.

Asimismo, el comisario jefe de la Brigada de Seguridad Ciudadana admite la intervención de los efectivos cuando el mando del operativo considere que no cuenta con los agentes necesarios para "garantizar una mínima seguridad para ellos", o bien que la entrada "puede demorarse hasta contar con los refuerzos necesarios".

En ese caso deberá comunicarlo al centro de control del 091, quien comisionará a las unidades especializadas en este tipo de actuaciones, la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) y la Unidad de Intervención Policial (UIP).