Directiva sobre fusiones
Bruselas denuncia a España ante el TJUE por los obstáculos fiscales a la reestructuración de empresas transfronterizas
El objetivo de la directiva incumplida es facilitar las operaciones en las que participan firmas de dos o más Estados miembros
![Jueces del TJUE.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/d83f8242-decf-468f-832d-5febc7c7d743_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Jueces del TJUE.
Silvia Martínez
La Comisión Europea denuncia a España ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por no garantizar la correcta aplicación de la Directiva sobre fusiones en lo relativo al régimen fiscal común aplicable a los Estados miembros. El objetivo de esta normativa sobre fusiones es eliminar los obstáculos fiscales a las reorganizaciones transfronterizas en las que participen empresas situadas en dos o más Estados miembros y garantizar unas prácticas fiscales justas y coherentes.
La directiva que España no aplica correctamente sirve para armonizar las normas fiscales relativas a las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canjes de acciones entre sociedades en el mercado interior y en los Estados miembros de la UE. Bruselas envió una carta de emplazamiento al Gobierno el 25 de enero de 2019. Ante la falta de avances envió un dictamen motivado, el segundo paso en el procedimiento de infracción, el 28 de noviembre de 2019.
En el diálogo entre Bruselas y Madrid, las autoridades nacionales españolas han mantenido que su legislación fiscal se ajusta a la directiva sobre fusiones. La Comisión Europea, en cambio, considera que hasta la fecha, los esfuerzos de las autoridades españolas “han sido insuficientes”. Actualmente, sostiene el Ejecutivo comunitario, la legislación española aplica “condiciones restrictivas” a las escisiones totales de empresas que no están previstas en la directiva sobre fusiones.
Por ejemplo, tras la escisión completa de una empresa, los accionistas de la empresa escindida deben mantener la misma proporción de acciones que anteriormente tenían en la sociedad escindida en cada una de las empresas que hayan recibido los activos de la sociedad escindida. Si no se cumple esta condición, la normativa española exige que los activos y pasivos transferidos sean ramas de actividad y, en consecuencia, no se benefician del régimen fiscal.
“Estas condiciones no las contempla el Derecho de la UE y, por lo tanto, constituyen una violación de la Directiva sobre fusiones”, concluye la Comisión que recuerda que una aplicación incorrecta de la normativa supone una “distorsión que perturba el mercado interior y contribuye a la inseguridad jurídica de las empresas”.
Bruselas también ha enviado varios dictamen motivados, segundo paso en el procedimiento de infracción, a España por no respetar las normas europeas en materia de servicios y cualificaciones profesionales en el sector de la construcción. En segundo lugar ha lanzado un ultimátum al gobierno por no haber adaptado sus normas sobre la tributación de las plusvalías obtenidas en España por contribuyentes no residentes a la libre circulación de capitales.
- El Seprona de Córdoba investiga a seis personas por la comercialización y siembra fraudulenta de semilla
- El juzgado cita como investigado a un comandante de la Guardia Civil de Córdoba en la causa de los contratos amañados
- El truco de la funda de almohada en el ventilador que jubila para siempre al aire acondicionado
- Una cucharada de Nivea y limón: el truco que ya pone en marcha media España
- Adiós al aire acondicionado: el invento que lo jubila y enfría la casa sin gastar luz
- Córdoba acogerá una gran exposición sobre arte egipcio similar a la de ‘Cambio de era’
- Córdoba contará con tres ciclos de FP Dual que darán soporte a la Base Logística
- Estas son las tres enfermedades que se combaten comiendo melón