TRIBUNALES
El TSJA reconoce la incapacidad absoluta a una auxiliar de ayuda a domicilio con fibromialgia
El fallo judicial revoca la anterior decisión de un juzgado de lo Social, menos favorable a la demandante
El alto tribunal determina que la empleada se encuentra limitada por completo para volver a trabajar
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho a la incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio a una auxiliar de ayuda a domicilio, de 49 años, diagnosticada de fibromialgia, entre otras patologías, y que desempeñaba su trabajo en Villanueva de Córdoba.
El fallo judicial revoca una anterior sentencia del juzgado de lo Social número 5 de Córdoba, que se limitaba a reconocer el grado de incapacidad permanente para esta mujer, pero no la absoluta. El fallo condena además al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería de la Seguridad Social a que abonen a esta empleada la prestación correspondiente al grado de incapacidad que presenta.
Contra lo dictaminado en la sentencia del TSJA sólo cabe ya la presentación de un recurso de casación en el Tribunal Supremo.
Explicación de la sentencia
La abogada que ha defendido a esta profesional, María Dolores Bustos, indica que el fallo del TSJA recoge que su representada se encontraba en situación de incapacidad temporal desde enero de 2022, habiéndole denegado el Instituto Nacional de la Seguridad Social en agosto de 2021 la incapacidad permanente por presentar síndrome fibromiálgico, trastorno adaptativo asociado, hipertensión arterial. hipotiroidismo, asma bronquial y obesidad.
Frente a la sentencia del juzgado de lo Social de marzo de 2023 que sólo reconocía a esta trabajadora la incapacidad permanente, esta letrada interpuso un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJA, tribunal que concluye en una sentencia de hace apenas unas semanas que esta vecina de Villanueva de Córdoba padece fibromialgia severa, encontrando dolor en los 18 puntos gatillo (que expresan el máximo desarrollo de esta enfermedad), lo que la limita para sus actividades diarias.
Por qué se le concede la incapacidad absoluta
Añade el fallo del alto tribunal andaluz que "la demandante precisa de asistencia de ayuda a domicilio, siendo ayudada por terceras personas y profesionales sanitarios, para incluso las tareas más personales y elementales como son el aseo, la alimentación y vestirse".
Por otro lado, la sentencia del TSJA destaca que la recurrente "está afectada por menoscabos físicos y psíquicos permanentes que anulan por completo su capacidad laboral, destacando, en cuanto a las limitaciones físicas, la existencia de una raquialgia con radiculopatía crónica S1 izquierda y que se encuentra tratada con morfina, debido a los elevados niveles de dolor que soporta, por lo que no puede afrontar ningún tipo de actividad laboral con las condiciones de profesionalidad, continuidad, rendimiento y eficacia exigidos por la jurisprudencia".
“Al no haberlo entendido así la sentencia recurrida, incurrió en las infracciones jurídicas denunciadas, por lo que debe ser revocada con estimación del recurso para estimar la demanda en su petición principal y reconocer a la demandante en el estado de incapacidad permanente absoluta que reclama”, dictamina el TSJA.
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