Tribunales

Piden cuatro años y medio de prisión por una pelea entre vecinos en la que tuvo que mediar un guardia civil

En la reyerta, uno de los acusados lesionó al ex marido de su pareja

El agente se encontró a la víctima en el suelo, semiinconsciente, junto a un edificio de viviendas

Instalaciones de la Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Instalaciones de la Ciudad de la Justicia de Córdoba. / A. J. GONZÁLEZ

Pilar Cobos

Pilar Cobos

La sección segunda de la Audiencia provincial de Córdoba juzga este martes a dos hombres acusados de participar en una reyerta en la que tuvo que mediar un guardia civil, vecino del edificio de viviendas, para finalizar el conflicto y atender al herido. El fiscal reclama cuatro años y medio de cárcel para uno de los procesados por, presuntamente, lesionar al ex marido de su pareja. Además, pide una multa de 600 euros para la víctima por un supuesto delito leve de lesiones.

De acuerdo con el escrito de conclusiones provisionales, los acusados comenzaron a discutir cuando se encontraban en el portal de la vivienda de la ex mujer y pareja sentimental de ambos. La situación degeneró en reyerta y, supuestamente, ambos se golpearon hasta que uno de ellos, el ex marido, cayó al suelo semiinconsciente. El otro salió huyendo del lugar.

Entonces apareció un vecino, agente de la guardia civil, y alertó a los servicios de emergencia al encontrar a la víctima aturdida en el suelo. De nuevo, se acercó el agresor y la víctima se abalanzó sobre él, propinándole puñetazos, por lo que el guardia civil tuvo que separarlos y este acusado regresó al domicilio con su pareja.

Mientras que esperaba la llegada de la ambulancia, el segundo acusado fue corriendo a la vivienda de su ex mujer y comenzó a dar fuertes patadas a la puerta al tiempo que gritaba "Abrid la puerta". El agente de la Guardia Civil volvió a alcanzarlo y lo llevó al exterior del edificio, donde permaneció hasta que fue trasladado al centro de salud.

El ministerio público pide cuatro años y medio de prisión para uno de los acusados por un delito de lesiones del artículo 150 del Cógido Penal, que indica textualmente que "el que causare a otro la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad, será castigado con la pena de prisión de tres a seis años". También solicita una multa de 600 euros para el segundo acusado por un delito leve de lesiones.