JUZGADOS
El Ayuntamiento de Córdoba indemnizará a un conductor por una colisión múltiple tras fallar los semáforos
El accidente ocurrió en diciembre del 2021 en la intersección de la avenida Agrupación Córdoba y las calles Virgen de Linares y Doctor Manuel Villegas,

Imagen de archivo de una actuación de los bomberos en la avenida Agrupación Córdoba tras caerse una palmera. / CÓRDOBA

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Córdoba ha condenado al Ayuntamiento de Córdoba a indemnizar con 975,68 euros más el IVA y el pago de las costas judiciales a un conductor, F.M.R.N., que se vio involucrado en una colisión múltiple el pasado 12 de diciembre de 2021 en la intersección de la avenida Agrupación Córdoba y las calles Virgen de Linares y Doctor Manuel Villegas, de Córdoba, atribuida al fallo del grupo semafórico de la zona. El conductor planteó el recurso tras la desestimación por silencio negativo del Ayuntamiento de su reclamación de responsabilidad patrimonial, en relación con los daños causados en su vehículo. El Consistorio, ahora, acatará la sentencia sin recurrirla.
Tres vehículos implicados
En la colisión múltiple se vieron implicados tres turismos, uno de ellos el del demandante, y al parecer se produjo porque el grupo semafórico se encontraba apagado, alternando su funcionamiento normal con destellos (ámbar intermitente) y apagados. Según el atestado policial, que asume el juzgador, en el lugar se encontraban dos técnicos de la empresa de mantenimiento de los semáforos, Etralux SA, manipulando el armario de control semafórico del cruce, que también fueron captados por una cámara de la zona. En su parte, los agentes determinan que el accidente se produjo por el fallo de los semáforos, "no teniendo responsabilidad directa ninguno de los tres vehículos implicados".
En la vista del juicio, la defensa de la empresa Etralux alegó que el accidente se había producido por culpa de los conductores implicados, que no respetaron la señalización vertical que les afectaba, en ausencia de las señales semafóricas. Sin embargo, el juez estima que la responsabilidad hay que achacarla al mal funcionamiento de la instalación semafórica, por lo que se estima el recurso, sin posibilidad de condenar directamente a la empresa de mantenimiento, ya que esta entidad no fue demandada en su día.
Acata la sentencia
El Ayuntamiento, por su parte, aunque la causa del accidente proviene del mal funcionamiento del grupo semafórico, de titularidad y competencia municipal, considera que quién debe responder de las consecuencias del siniestro es la entidad Etralux. Por eso, solicitaba al juez que desestimase el recurso contencioso-administrativo o en caso de dictarse en sentido contrario, establecer la posibilidad de ejercitar la acción de regreso o de repetición por parte del Ayuntamiento de Córdoba, algo que rechazó el juzgado.
Una vez que el Consistorio acata la sentencia ha ordenado al jefe del Departamento de Movilidad, a fin de que proceda a reclamar a Etralux el importe fijado en la sentencia, de acuerdo a lo estipulado en el expediente de contratación.
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