Tribunales

La Fiscalía sigue manteniendo que la justicia militar debe enjuiciar el caso de Cerro Muriano

El ministerio público se ha vuelto a pronunciar en favor del juzgado togado Militar 21 de Sevilla tras el recurso presentado por las acusaciones

Los abogados de las familias de los fallecidos piden que se quede en el juzgado de Instrucción 4 de Córdoba

Imágenes del día de los hechos, cuando fallecieron los militares en la base de Cerro Muriano.

Imágenes del día de los hechos, cuando fallecieron los militares en la base de Cerro Muriano. / A.J. GONZÁLEZ

Manuel Á. Larrea

Manuel Á. Larrea

La Fiscalía se ha vuelto a pronunciar en favor del juzgado togado Militar 21 de Sevilla para mantenerse en la postura de que debe ser la justicia militar la que se encargue de enjuiciar el caso de Cerro Muriano. Por tanto, el ministerio público sostiene que el togado es competente para investigar la muerte de los dos militares, el cabo Miguel Ángel Jiménez y el soldado Carlos León, durante unas maniobras de paso de aguas en la base cordobesa.

En un comunicado, la Fiscalía ha informado de que ha solicitado a la Audiencia Provincial de Córdoba que confirme la resolución dictada por el titular del juzgado de Instrucción 4 de Córdoba, el juez José Luis Rodríguez Lainz, mediante la que se inhibía de la instrucción del caso para dejarlo en manos de la jurisdicción militar. Una decisión que recurrieron las tres acusaciones personadas en la causa.

Vehículos militares, entre ellos una ambulancia, en la base de Cerro Muriano, el día de los hechos.

Vehículos militares, entre ellos una ambulancia, en la base de Cerro Muriano, el día de los hechos. / A.J. GONZÁLEZ

El recurso de las acusaciones

Los abogados de las familias de los fallecidos piden que se anule esa decisión y, para ello, presentaron un recurso ante la Audiencia Provincial, que aún no se ha pronunciado al respecto.

Tras la inhibición del juzgado cordobés, el togado Militar 21 de Sevilla imputó a un sargento, a un teniente y al capitán al frente del ejercicio por un presunto delito contra la eficacia de servicio. Imputación que denunció la familia del cabo Jiménez, al considerar que se estaba produciendo una "extralimitación" del órgano, alegando que la decisión no era firme.

"La imputación de la Justicia Militar es una extralimitación de competencias porque el mismo auto reconoce que la inhibición de la jurisdicción civil no es firme por estar recurrida. Si la inhibición no es firme, es obvio que la justicia militar no puede iniciar ningún tipo de actuación", explicaron los abogados