El Ayuntamiento ya dispone de una ordenanza que regula el mantenimiento de edificios y solares, así como su evaluación y la declaración de ruina. La normativa establece sanciones para quienes no cumplan con multas coercitivas. La finalidad, según señala la concejala de Urbanismo, Ana Belén Santos Navarro, es garantizar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato de la realidad urbanística de la ciudad.

Santos afirma que se trata de dar cumplimiento a la normativa en vigor, desde el plano estatal, autonómico y local, en el planteamiento de «garantizar la rehabilitación y regeneración», sobre todo de edificaciones ruinosas, y «satisfacer el interés público manteniéndose edificaciones y solares en buen estado». Por otro lado, manifiesta que «también se pretende actuar de forma preventiva al exigir la inspección técnica de las edificaciones con más de 50 años». La concejala defiende que «hay que dejar claros los derechos y los deberes de los propietarios», y dice que esta ordenanza es una de las acciones recogidas en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo.

En agosto del pasado año, Urbanismo trabajaba en la elaboración de esta ordenanza para la conservación de edificios y solares por parte de sus titulares. Tras el período de consulta pública se elevó a Pleno y fue aprobada de forma inicial un mes después.

La responsable de Urbanismo afirma que «se trata de evitar la existencia de edificaciones degradadas en el municipio». Igualmente, dice que la mayor parte del parque edificatorio fue construido o reformado a partir de 1960.

BUENA CONSERVACIÓN/ También se esgrimía que la mayoría de los inmuebles presentan un estado de conservación bueno y que el número de edificios que requieren algún tipo de rehabilitación aumenta. El departamento jurídico de Urbanismo trabaja con unos 90 expedientes que tienen por objeto exigir al propietario que acometa las obras pertinentes que garanticen los principios de seguridad y salubridad. Santos explica que, cuando se detecta un caso, bien por aviso de vecinos o por control de la Policía Local, tras el informe de la Policía remitido al arquitecto municipal, se requiere desde el ayuntamiento al propietario. Explica que en caso de riesgo, el ayuntamiento acomete la obra pertinente e inicia expediente para solicitar los gastos de la actuación al propietario requerido.

En lo relativo al deber de conservación en solares y terrenos, la norma dice que las condiciones son libres de escombros, basura y de vegetación, se deberá vallar el solar en los términos que fija en PGOU y los ubicados en suelo urbano consolidado estarán obligados a la ejecución del acerado afectado. Por otro lado, el Ayuntamiento podrá dictar órdenes de ejecución de obras de conservación, rehabilitación y mejora por motivos de interés cultural, turístico o estético.