DGT

La DGT cambia la forma de adelantar, estos son las novedades y multas en los adelantamientos

En la nueva Ley de Tráfico se han aprobado cambios que afectan también a la manera de rebasar vehículos

Así deberás adelantar a partir de ahora.

Así deberás adelantar a partir de ahora.

Adrián Ramírez

Adrián Ramírez

El pasado mes de marzo entró en vigor la nueva Ley de Tráfico, la cual establece multitud de cambios en diferentes ámbitos como las conductas que son sancionables o la fuerza con la que se penan otras. Por otro lado, otros gestos o maniobras muy comunes durante la conducción, como los adelantamientos, también han sufrido cambios. Te traemos cómo afecta la nueva Ley de Tráfico a los adelantamientos.

Cambios en los adelantamientos

Hasta la llegada de la nueva normativa, estaba permitido adelantar en vías convencionales superando hasta en 20 kilómetros por hora la velocidad permitida, siempre y cuando el vehículo al que se iba a rebasar no fuera al máximo permitido. En ese caso, la multa ascendería a 100 euros.

Sin embargo, dicha norma se ha eliminado y ya no se puede superar la velocidad máxima permitida en la vía a la hora de adelantar. Por tanto, en carreteras convencionales cuya velocidad límite son 90 km/h, si queremos pasar a un vehículo, no podremos superar dicha velocidad.

Los cambios afectan a los adelantamientos en carreteras convencionales.

Los cambios afectan a los adelantamientos en carreteras convencionales.

Desde la DGT se señala que esta medida tiene el objetivo de aumentar la seguridad en las carreteras y minimizar los riesgos de colisión.

Multa

Además, no solo se ha visto modificada la normativa, también la sanción, ya que pasa de 100 euros a 200 euros de multa y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir a la hora de realizar adelantamientos de forma indebida.