Ayuntamiento de Córdoba

La Policía Local de Córdoba ha multado un patinete al día desde que se aprobó la nueva ordenanza de movilidad

Las sanciones más habituales han sido por ir más de un pasajero montado en el vehículo, conducir con auriculares o hablando por el móvil 

El uso del casco, que sigue siendo una recomendación, y el seguro a terceros, que es obligatorio, se escapan de momento de las multas

Control de la Policía Local de Córdoba a usuarios de patinetes eléctricos.

Control de la Policía Local de Córdoba a usuarios de patinetes eléctricos. / A.J. GONZÁLEZ

Irina Marzo

Irina Marzo

La Policía Local de Córdoba ha impuesto casi una sanción al día desde que entró en vigor la nueva ordenanza que regula la circulación de patinetes en la ciudad, ya que ascienden a más de 330 los sancionados en este tiempo, según los datos facilitados por el Ayuntamiento de Córdoba (a esta cifra habría que añadir otras tantas multas que se encuentran tramitándose en estos momentos). 

La norma de circulación, seguridad vial y movilidad sostenible, que se publicó el 17 de febrero del 2023 y se había acordado un mes antes con una amplia mayoría del Pleno, incluyó importantes novedades para los conductores cordobeses y reguló por primera vez el uso de los nuevos vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos en la ciudad. 

Derechos y deberes de los ciclistas

Los ciclistas, que adquirieron nuevos derechos y deberes a la hora de circular, también han sido sancionados durante este año, pero en mucha menor medida que los conductores de patinetes. Durante este primer año de ordenanza se han multado a una treintena de ciclistas por distintos motivos como conducir con cascos o auriculares, hablando por teléfono, circulando en dirección prohibida o por espacios peatonales. 

Las 10 claves de la nueva normativa de la DGT para los patinetes eléctricos

Primer año de la ordenanza de movilidad que afecta a los patinetes en Córdoba. / CÓRDOBA

La nueva norma puso negro sobre blanco que las personas que conduzcan una bicicleta deberán obedecer las señales de circulación que les afecten y cumplir las condiciones que se determinan en la normativa de tráfico y seguridad vial como todos los vehículos. Así quedó prohibido la circulación por las aceras y demás zonas peatonales y, cuando un ciclista precise acceder a las vías peatonales y exista aglomeración de peatones, deberá desmontar de la bicicleta y transitar con ella en la mano. 

Conducir con pasajeros

En la estadística facilitada por la Policía Local de Córdoba a este medio, de las alrededor de 330 multas impuestas a patinetes durante estos 365 días, la causa que más sanciones ha motivado ha sido que el patinete superase el número de pasajeros, es decir, que el conductor llevara a alguien montado con él. En esa situación han sido multados el 38,5% de los apercibidos en este primer año de ordenanza porque, según la norma, en ningún caso podrán ir dos personas en un patinete.

Circulación de patinetes eléctricos por el Centro de Córdoba.

Circulación de patinetes eléctricos por el Centro de Córdoba. / AJ GONZÁLEZ

Le siguen los que conducían el patinete con auriculares puestos en los oídos, un 12,7%; y los que circulaban por una zona de carácter peatonal o por el acerado, un 8%. Cabe recordar que la norma especifica que es zona peatonal la parte de la vía reservada a la circulación de peatones, por lo que no podrá circular por ella ningún vehículo (ni bicis, ni patinetes). Hay que distinguir lo que es una vía peatonal, destinada al tránsito peatonal, pero que podrá ser usada por vehículos de emergencias, servicios públicos esenciales y acceso a cocheras. También podrán circular por ella bicicletas y patinetes siempre que se respete la preferencia del peatón y se adapte la velocidad al mismo, llegando incluso a detenerse.

Además, la norma recuerda que los conductores de los vehículos de movilidad personal (VPM) deben cumplir las normas de circulación, así como las prohibiciones del uso de auriculares, telefonía móvil, tasas de alcoholemia y pruebas de alcohol y drogas. También ha quedado prohibida la circulación por calzadas que tengan más de un carril por sentido, excepto que exista un ciclo-carril señalizado vertical y horizontalmente, ni en vías con pendientes superiores al 15%. Como las bicis, si tienen que cruzar la calzada por un paso de peatones deberá bajarse y cruzarlo andando.

Circular y hablar por el móvil

Una proporción similar de mutados, otro 8%, lo representan los que además de conducir iban hablando por teléfono móvil, o los que se saltaron un semáforo con la luz en rojo. Otra veintena de conductores fueron multados por conducir de manera temeraria o negligente, según los agentes locales. 

Además de todas estas sanciones, las más habituales han sido circular con vehículos que no están homologados o no respetar la prioridad peatonal en pasos de cebra, así como no respetar las señales de tráfico en general. 

Según la ordenanza, los VMP solo podrán circular por carriles bici (a 20 km/h), aceras bici y sendas ciclables (a 10 km/h) siempre que la anchura del vehículo sea inferior a 0,9 m de ancho. Por las zonas 10 y zonas 20, sin superar las velocidades máximas permitidas y por la zona 30, ciclo-calles y calles con limitación de velocidad a 30 km/h, sin superar los 25 km/h. Al igual que los ciclistas, en el caso de que exista aglomeración de peatones, deberá desmontar del vehículo.

El casco y el seguro se libran por ahora de las multas

Aunque en la ordenanza municipal se obliga a los conductores de patinetes a ir con casco y la nueva Ley de Tráfico también establece la obligación de hacerlo, lo cierto es que la Dirección General de Tráfico (DGT) sigue trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos para la elaboración de un reglamento. De momento, llevar casco es recomendable, no obligatorio, por eso en la estadística facilitada por la Policía Local no se incluye ninguna sanción por esa cuestión. Lo mismo ocurre con quienes conducen bicicleta. 

En el caso del seguro a terceros sí que está recogido por la ordenanza municipal como obligatorio y la DGT determinó también que es «muy oportuno regular la obligatoriedad de la cobertura de seguro de responsabilidad civil». El Ayuntamiento concedió una prórroga hasta el verano para exigir este requisito que cubre los daños que el conductor de un patinete pudieran ocasionarle a terceras personas. Sin embargo, después de la prórroga, la Policía Local tampoco ha multado a los patinetes por esto, o al menos no queda reflejado en los datos aportados por la administración local a este medio.

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