MOVILIDAD

El seguro será obligatorio para patinetes en Córdoba, pero el casco no hasta que la DGT cambie el reglamento

El Ayuntamiento de Córdoba hizo una consulta a Tráfico para saber si podía exigir a los conductores de VMP algunos elementos de protección como el casco, que por ahora seguirá sin ser preceptivo hasta la modificación del Reglamento General de Circulación

Sin embargo, DGT considera que es "muy oportuno" que el seguro sí empiece a exigirse una vez que finalice la prórroga que se dio tras la aprobación de la ordenanza de Movilidad

Dos policías locales en un control a un conductor de patinetes en el centro de Córdoba.

Dos policías locales en un control a un conductor de patinetes en el centro de Córdoba. / A.J. González

Irina Marzo

Irina Marzo

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha respondido ya al Ayuntamiento de Córdoba, después de que este elevara una consulta para saber si podía exigir a los conductores de patinetes y vehículos de movilidad personal (VMP) el uso de un seguro de responsabilidad a terceros y del casco de manera obligatoria. La Delegación de Movilidad hizo esta consulta a principio de junio después de haber establecido una prórroga de 6 meses decretada para la obligatoriedad de ambos supuestos (casco y seguro) en Córdoba, que expira en agosto, es decir medio año después de que entrase en vigor la nueva ordenanza de circulación, seguridad vial y movilidad sostenible de Córdoba (18 de febrero del 2023).

En su escrito de respuesta, Tráfico responde, en primer lugar, en relación a la obligatoriedad del uso del casco homologado por los conductores de VMP diciendo que si bien el artículo 47 de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial indica en su artículo 47 que "el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección", la DGT publicó en 2022 la instrucción SANC 22/06 en la que se establece que "su aplicación se retrasa hasta el desarrollo reglamentario por medio de una próxima modificación del Reglamento General de Circulación". Por lo cual, se concluye que hasta la fecha y mientras que no sea modificado el reglamento, "el conductor de un VMP no estará obligado a utilizar el casco de protección en ningún caso, independiente de si este aspecto queda regulado o no en la ordenanza municipal por el que circula".

Un policía local en un control a un conductor de patinetes en el centro de Córdoba.

Un policía local en un control a un conductor de patinetes en el centro de Córdoba. / A.J. González

En cualquier caso, desde la DGT insisten en que el casco de protección proporciona una protección crucial a la cabeza y el cuello en caso de colisión o caída, marcando, en muchos casos, la diferencia entre una lesión leve y una lesión potencialmente mortal, por lo que es muy recomendable su uso. Asimismo, advierte de que está trabajando para que, en el plazo más breve posible, sea aprobada la actualización del Reglamento General de Circulación que lo haga obligatorio.

Seguro de responsabilidad civil

La DGT es más taxativa, por contra, para la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil obligatoria para poder circular en VMP. Así, aunque advierte que "si bien este requisito está incluido desde hace tiempo en múltiples ordenanzas para el caso de vehículos que realicen actividades económicas, su inclusión específica para todos los VMP no está regulada por la citada ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ni por la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, ya que estas, a día de hoy, únicamente establecen la obligatoriedad para los vehículos a motor, y los VMP están excluidos de tal consideración, según el Reglamento General de Vehículos". La DGT considera también que, dadas las graves consecuencias de los accidentes de VMP no amparados por un seguro, sobre todo de cara a posibles terceros afectados, los cuales en su mayoría son usuarios vulnerables de las vías públicas, es "muy oportuno regular la obligatoriedad de la cobertura de seguro de responsabilidad civil tal y como se propone, e, igualmente, está impulsando en diversos foros su inclusión en la ley". Por lo tanto, se considera que no existe ningún obstáculo legal que impida que las ordenanzas municipales recojan esta exigencia, y más aún si se han considerado el oportuno periodo de transitoriedad para la misma, como ocurre en el caso del Ayuntamiento de Córdoba.

Queda por saber en qué fechas exactas entiende la Delegación de Movilidad que ha concluido la prórroga y la Policía Local puede empezar a pedir papeles a los conductores de patinetes.