URBANISMO

El TSJA aclara que el plan especial de recogida neumática de basura de Córdoba es nulo en su totalidad

El tribunal ha remitido una aclaración al Ayuntamiento en la que sostiene que la nulidad afecta a todo el sistema y no solo la parte relativa a la zona verde, donde se iba a ubicar una de las centrales de recogida soterrada de basura

Sistema de recogida neumática de basura en una comunidad de Córdoba.

Sistema de recogida neumática de basura en una comunidad de Córdoba. / EUROPA PRESS

Irina Marzo

Irina Marzo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha remitido ya su respuesta-aclaración al Ayuntamiento de Córdoba sobre el Plan Especial de Recogida Neumática de Residuos Sólidos. En un auto de apenas 5 páginas, la sala segunda de lo Contencioso-Administrativo del tribunal confirma su fallo de diciembre y aclara que considera nulo en su integridad el plan especial que perseguía la instalación de un sistema de recogida de basura doméstica en las nuevas viviendas de Poniente en Córdoba.

Así funciona la recogida neumática de residuos en Córdoba.

Así funciona la recogida neumática de residuos en Córdoba. / Ramón Azañón

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El sistema, planificado hace 15 años para suprimir los contenedores y la recogida de basura con vehículos, no ha llegado a funcionar nunca a pesar del desembolso que han tenido que hacer los propietarios de estas viviendas. Un grupo de estos propietarios de la junta de compensación del plan parcial O-5 Turruñuelos acudió hace ya cinco años a los tribunales para tratar de tumbar el plan y el TSJA les ha vuelto a dar la razón. Al Ayuntamiento de Córdoba --que suspendió provisionalmente en enero la instalación del sistema hasta ver aclarado el panorama judicial-- solo le cabe en el plano judicial la baza del recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Qué dice el TSJA y qué puede hacer el Ayuntamiento

"Es claro que lo que interesa el recurrente ha obtenido ya la respuesta del tribunal", empieza diciendo la sala, para recordar más adelante en sus fundamentos jurídicos que "la anulación del plan especial viene dada por la infracción del orden jerarquizado de planes urbanísticos, al desarrollar contenidos que no le competen, por estar reservados al PGOU".

Es decir, el TSJA viene a decirle al Ayuntamiento de Córdoba que si quiere tirar adelante con el plan especial de recogida neumática tendrá que hacer una innovación en el PGOU para incluir dicho plan. De lo contrario, el Consistorio podría decidir no seguir avanzando en esta apuesta, dar carpetazo al sistema planificado y hacer frente a las posibles reclamaciones de propietarios y promotores que han desembolsado ya una importante suma para una recogida de basura que no se acometerá.

Cómo hemos llegado hasta aquí

El TSJA hace ahora una aclaración de su fallo del pasado 30 de noviembre y sobre el que solo cabía recurso de casación y que tumbaba en parte ese sistema al poner en duda el planeamiento urbanístico con el que se alumbró y en concreto la ubicación de una de las centrales de recogida de basura en una zona verde de Turruñuelos. A su vez, aquel fallo del TSJA revocaba una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 4 de Córdoba de septiembre de 2019 y anulaba la resolución del entonces presidente de la Gerencia de Urbanismo de marzo de 2018 y una instrucción anterior del también delegado de Urbanismo, Pedro García, --basada en una diagnosis elaborada por Sadeco y la GMU en abril del 2017 para la implantación del sistema-- ante la que los promotores de las viviendas se plantaron denunciándolo a los tribunales de justicia.

En su aclaración, el TSJA hace referencia también a esos documentos y dice que se "acoge sustancialmente a la crítica (realizada por los demandantes) a la extralimitación objetiva y funcional en que incurre el Plan Especial que se desarrolla en la demanda (....)" y determina que el plan especial "incurre en una extralimitación por violación de las determinaciones del Plan General, que priva necesariamente de cobertura a la Instrucción que, a fin de cuentas, se limita a concretar las actuaciones necesarias para poner en obra la elección de este, y por derivación , del Documento Diagnóstico”. 

Los afectados, representados por el despacho de abogados de Cecilio Valverde, recurrieron la decisión de la GMU de implantar este sistema de recogida neumática que ubicaba una de las tres centrales de recogida previstas en el parque de Turruñuelos. Entendían que dicha elección infringía tanto el planeamiento superior (es decir que el plan especial se hizo sin observar el PGOU) como las garantías establecidas en la legislación urbanística para impedir la alteración y modificación de zonas verdes. Ahora, el TSJA considera acertados sus argumentos y declara nulo el plan especial en cuestión.

Qué hizo el Ayuntamiento tras el fallo

El 9 de diciembre de 2022, el Ayuntamiento de Córdoba decidió solicitar al TSJA una aclaración sobre la sentencia emitida el 14 de noviembre y en la que se declaraba nulo el plan especial de recogida neumática de basura de la ciudad. Para tomar esta decisión, el presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU), Salvador Fuentes, había encargado un informe jurídico que determinase qué hacer frente a este fallo que permitía solo recurso de casación ante el Tribunal Supremo

Los servicios jurídicos municipales y los de la Gerencia de Urbanismo (GMU) entendieron que convenía precisar si el TSJA tumbaba el plan urbanístico que ampara el sistema de recogida de residuos de manera integral o solo la parte relativa a la ubicación de la central de procesamiento de basura (una de las tres previstas) al ir soterrada en una zona verde del planeamiento de la zona de Turruñuelos (en concreto, debajo del parque del mismo nombre). En concreto, los letrados pidieron al TSJA que aclarase si cuando hablaban en la sentencia del apartado 9 se refieren al apartado 9 de la memoria o al artículo 9 del plan especial de recogida neumática de basura. 

En su respuesta de hoy, el TSJA aclara que se quiso referir al artículo 9 de la memoria, sin que haya lugar a aclarar ningún otro pasaje, extremo o pronunciamiento de la sentencia.

Un plan desde 2005

El sistema de recogida soterrada de la basura empezó a implantarse en 2005, siendo alcaldesa Rosa Aguilar, pero se impulsó en el mandato 2015-19. Este sistema debía permitir a los vecinos depositar la basura en unos locales instalados en sus bloques, desde donde sería aspirada por unas conducciones y llevada a una planta donde se procedería a su tratamiento. 

Pocos meses después de la llegada del actual equipo de gobierno a Capitulares se anunció la intención de revisar el plan especial por su carestía. Urbanismo y Sadeco decidieron en el 2017 retomar el sistema y anunciaron para el 2020 la puesta en funcionamiento de la primera planta, la de Turruñuelos. Entonces había 15,5 kilómetros ejecutados de red para atender a 14.404 viviendas, cuya instalación había costado 20 millones.

La planta de Turruñuelos, que recibirá los residuos de más de 10.000 hogares de esa zona, La Arruzafa, Cortijo del Cura, San Rafael de la Albaida y Huerta de Santa Isabel Este, quedó antes de las elecciones del 2019 con el proyecto redactado. Su coste era de más de 10 millones, 6 más de lo que se había pensado en un principio al ir soterrada e integrada en el parque, junto al canal del Guadalmellato. La segunda central, la del O7 (Zoco), estaba pensada para una fase posterior.