El consejo rector de la Gerencia Municipal de Urbaniso (GMU) tomará conocimiento de una sentencia dictada por el juzgado de lo Social número 2 de Córdoba, que estima parcialmente la demanda colectiva de los sindicatos CCOO y UGT contra el Ayuntamiento de Córdoba al pago de los anticipos reintegrables en los términos del convenio colectivo del organismo autónomo. La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicación ante la sala de lo Social del Tribnal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), da solo parcialmente la razón a los trabajadores que reclamaban el pago de mejoras sociales, el abono de los anticipos reintegrables y la aportación del 0,3% de la masa salarial al plan de pensiones, cuestión ésta última que rechaza el juez por no ser ajustada a derecho.

En este sentido, la asesoría jurídica municipal considera el fallo beneficioso para los intereses municipales, por cuanto el juzgado rechaza la última cuestión y sólo atiende al pago de las dos primeras (mejoras salariales y abono de los anticipos reintegrables), que la Gerencia había comenzado a abonar cuando se celebró la vista oral y solo quedaban algunos importes que "por razones de operativa interna se había demorado unos días". Es por ello, que la sentencia estima "parcialmente" la reclamación sindical, si bien declara que no procede el incremento del 0,3% adicional acordado para las aportaciones al plan de pensiones.

Por otro lado, el consejo rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo tiene previsto aceptar el miércoles próximo la mutación demanial subjetiva a favor del Ayuntamiento de Córdoba de la parcela número 5, situada en Huerta Figueroa, que corresponde a parte de la glorieta Eva Duarte y que es propiedad en la actualidad de la Diputación de Córdoba. La parcela está destinada y seguirá estándolo a viario público y tiene una superficie de 215 metros cuadrados. Este trozo de glorieta linda al sur en línea recta con el camino viejo de Trassierra y al este, con la avenida del Mediterráneo.

La mencionada mutación demanial deberá formalizarse mediante un convenio administrativo entre el Ayuntamiento de Córdoba y la Diputación, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad a favor del primero.