Un total de 463 empresas en Córdoba, que dan empleo a 83.289 personas, deben presentar sus planes de igualdad a la Junta de Andalucía, de ellas el 60%, 279, tienen de plazo hasta el próximo 7 de marzo. Precisamente, son estas 279 empresas, las que tienen en su plantilla entre 50 y 99 trabajadores, las últimas en poder elaborar este tipo de herramienta, que supone "una oportunidad para mejorar la productividad y efectivad de la actividad empresarial", según ha afirmado este jueves en rueda de prensa el delegado de Empleo de la Junta de Andalucía en Córdoba, Ángel Herrador.

Herrador ha explicado que la intención con esta rueda de prensa "no es poner el foco en el tema sancionador, que también, sino principalmente en recordar, incidir y fomentar la necesidad de la puesta en marcha de estos planes de igualdad que buscan identificar los retos en este ámbito en los centros de trabajo mediante un diagnóstico, como puede ser la brecha salarial o el llamado techo de cristal y ponerles solución a través de medidas concretas”. 

De las 463 empresas en Córdoba, además de las 279 citadas anteriormente, 129 tienen entre 100 y 249 trabajadores y tan solo 55 tienen más de 250 empleados. Por sectores, servicios copa el 65% (302) de las empresas a quien les afecta esta norma y más del 76% del empleo (63.009). Industria cuenta con 112 empresas de más de 50 trabajadores, agricultura 38 y construcción 18. Estos planes de igualdad afectan en la provincia a 5.072 trabajadores, el 45% mujeres.

Debido a las características del tejido productivo cordobés, donde el 50% de las empresas tiene uno o dos trabajadores, esta norma tan solo afecta en Córdoba al 1,7% de las empresas.

En cuanto a los datos que constan en el Registro de Planes de Igualdad correspondientes a la provincia de Córdoba, desde la puesta en marcha de este registro en 2019 se han tramitado la inscripción de 40 expedientes, de los cuales 27 están registrados, cinco en tramitación y 8 desestimados, según los datos proporcionados por el delegado de Empleo, que ha concretado que el motivo por el que se han desestimado los planes ha sido por carecer de legitimación en la representación de los trabajadores que han formado parte de la comisión negociadora. La normativa actual marca como requisito representación legal, bien por comité de empresa, bien por delegado de personal. Si la empresa no contara con ninguno de estos dos órganos puede acudir a las organizaciones sindicales representativas de su sector o convenio para que sean ellas quienes les representen en la elaboración de ese plan, ha informado.

Por su parte, la asesora de programas del Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), Lourdes Arroyo, , ha explicado que el Instituto Andaluz de la Mujer tiene entre sus compromisos apoyar a las empresas en el cumplimiento con la legislación laboral para ello cuentan con el Servicio de Asesoramiento e Información a Empresas en Igualdad (Equipa), quien ha concretado que este servicio se crea “para dar precisamente respuesta a la demanda de las empresas en materia de igualdad y ofrece asesoramiento técnico experto en el diseño de medidas y planes de igualdad, así como formación especializada en gestión empresarial desde la perspectiva de género, promoviendo entornos laborales libres de discriminación”.

La responsable del IAM en Córdoba también ha hecho referencia a la Marca andaluza de excelencia en igualdad, “creada con el objetivo de incentivar las iniciativas empresariales que promueven la igualdad de género y mejoras en la calidad del empleo de las mujeres. Este distintivo, el primero de este tipo en Andalucía, se representará mediante un logotipo y llevará consigo la entrega de una acreditación. La convocatoria para su concesión será de carácter anual” .Las empresas candidatas tendrán que acreditar haber realizado un diagnóstico de situación para la elaboración de un plan de igualdad, estar inscrita en el registro de Planes de Igualdad, que dicho plan se haya negociado, y en su caso acordado, con la representación legal de las personas trabajadoras y comunicado a toda la plantilla; además de contar con medidas para prevenir y hacer frente al acoso sexual y por razón de género y haber iniciado al menos tres acciones del plan efectivamente.

La normativa estatal que obligaba a las empresas a contar con planes de igualdad cambió en el 2019 y se amplió a todo tipo de empresas y no solo a las de más de 250 trabajadores. Con ese cambio se abrió un periodo escalonado de adaptación: las empresas de 150 a 250 personas trabajadoras tenían un año (2020); las de 100 a 150 personas en su plantilla, dos años (2021); y por último se fijaron tres años, para las empresas de cincuenta a cien personas trabajadoras. Este plazo cumple el próximo 7 de marzo de este año.

El que una empresa no cuente con estos planes de igualdad supone una infracción grave, cuya sanción oscila desde 751 a 7.500 euros.