TRIBUNALES

Hacienda quiere inspeccionar ahora a los joyeros absueltos en la 'Fénix'

La Agencia Tributaria solicita información al juzgado para estudiar quiénes tendrían deudas y por cuánto valor

Las defensas se oponen a la petición y recuerdan que, tras dos sentencias absolutorias, "las pruebas han sido anuladas"

Abogados defensores de los joyeros acusados en la 'Fénix', en una de las salas habilitadas para la celebración del juicio.

Abogados defensores de los joyeros acusados en la 'Fénix', en una de las salas habilitadas para la celebración del juicio. / A. J. GONZÁLEZ

Pilar Cobos

Pilar Cobos

Hacienda ha solicitado autorización al juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba para utilizar las pruebas obtenidas en el caso Fénix y realizar una inspección fiscal al centenar de joyeros procesados. Estos ya han sido absueltos hasta en dos ocasiones, por este juzgado y por la Audiencia provincial de Córdoba, de un supuesto fraude de 154 millones de euros en la compraventa de oro.

Según la información que ha trascendido hasta el momento, avanzada por el diario ABC y confirmada por este periódico, la Agencia Tributaria pretende reclamar ahora las cantidades presuntamente defraudadas entre los años 2002 y 2006 a través de la declaración del IVA del metal y el impuesto de Sociedades, entre otros delitos.

Este jueves finaliza el plazo para la presentación de alegaciones por parte de las defensas de los acusados. A partir de este momento, la jueza titular del Penal 4 tendrá que decidir sobre esta solicitud de la AEAT. La ley General Tributaria, en su artículo 94.3, establece que "los juzgados y tribunales deberán facilitar a la Administración tributaria, de oficio o a requerimiento de la misma, cuantos datos con trascendencia tributaria se desprendan de las actuaciones judiciales de las que conozcan (...)".

"Nadie le debe nada"

No obstante, fuentes del procedimiento explican que los abogados de los joyeros encartados, en líneas generales, se han opuesto a esta cesión de información. En concreto, señalan que "tras las sentencias del juzgado de lo Penal 4 y de la Audiencia de Córdoba, las pruebas han sido anuladas y no existen. Por ello, no pueden ser facilitadas por el juzgado ni utilizadas por la Agencia Tributaria", explican. Las mismas fuentes apuntan que reclamar cantidades presuntamente defraudadas sería tanto como admitir que estos individuos cometieron delitos de los que han sido absueltos. "En virtud de las sentencias, nadie le debe nada", subrayan.

Precisamente, una de las claves de la absolución fue la imposibilidad de abrir la cinta DAT, una prueba principal obtenida en el registro de la empresa barcelonesa donde supuestamente nació la trama, que contendría información decisiva para las acusaciones. Toda vez que técnicamente no ha sido posible conocer su contenido, "todo lo supuestamente extraído, tampoco existe", señalan las fuentes consultadas.

En este sentido, afirman que Hacienda pretende utilizar los documentos obtenidos en el procedimiento "para reabrir una inspección fiscal" a esta personas, a pesar de que ya ha tenido acceso a esta información y de que "el juez declaró que estaba mal hecha la liquidación", precisan.