BORRASCA BERNARD

Daños en viviendas y vehículos en Córdoba: y ahora, ¿qué?

La patronal Unespa estima que solo tres de cada cuatro viviendas está asegurada, por lo que el 25% no tendría indemnizaciones

Si la racha de viento es inferior a 120 kilómetros por hora los daños son cubiertos por aseguradoras y si es superior responde el Consorcio de Compensación de Seguros

Daños en edificios de viviendas ubicadas en el barrio del Sector Sur.

Daños en edificios de viviendas ubicadas en el barrio del Sector Sur. / MANUEL MURILLO

Pilar Cobos

Pilar Cobos

El temporal de viento y lluvia provocado por la borrasca Bernard ha ocasionado numerosos daños en bienes como viviendas y vehículos particulares en Córdoba, pero solo aquellas personas que tengan contratado un seguro podrán ser indemnizadas (no en todos los casos) por sus compañías o por el Consorcio de Compensación de Seguros. Esta es una entidad pública empresarial que responde ante riesgos extraordinarios, en determinadas condiciones y cuando el perjudicado dispone de seguro privado. 

Fuentes de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa) recuerdan que el seguro de hogar no es obligatorio en España y estiman que tres de cada cuatro viviendas disponen de él, por lo que el resto no tendría derecho a indemnizaciones.

Respecto a los daños provocados por la borrasca, detallan que si han sido causados por vientos de hasta 120 kilómetros por hora responde la aseguradora, pero si han excedido esta velocidad hace frente el Consorcio. Para valorar esta circunstancia es fundamental la información de la Agencia Estatal de Meteorología, que el domingo pasado midió rachas de hasta 128 kilómetros por hora en Córdoba Aeropuerto. 

Los daños por agua

De otro lado, si una vivienda sufre daños por inundaciones respondería de nuevo el Consorcio, pero si el perjuicio es provocado por la lluvia, en daños como filtraciones desde el tejado, asumiría la indemnización el seguro. Desde Unespa señalan que todos los seguros de hogar cubren fenómenos meteorológicos y riesgos extraordinarios (estos últimos son los asumidos por el Consorcio).

En el caso de los vehículos particulares, la misma fuente detalla que, en líneas generales, existen tres modalidades de seguro, que van desde el todo riesgo hasta el más básico. El seguro a todo riesgo cubriría los daños provocados por la caída de un árbol sobre un coche, pero no así el seguro más elemental. En la tipología intermedia, la cobertura puede ser variable. Si el vehículo es arrastrado por el agua, abonaría una indemnización el Consorcio.

En cuanto a la tramitación de estas indemnizaciones, tanto si el perjudicado tiene que ser indemnizado por la aseguradora como si finalmente responde ante el siniestro el Consorcio de Compensación de Seguros, puede realizar sus gestiones a través de la compañía de seguros. 

Suscríbete para seguir leyendo