El jurado popular ha declarado este viernes culpable a R.R.V., autor confeso del crimen de Las Moreras, de un delito de homicidio con atenuante de confesión por el que la Fiscalía ha mantenido la solicitud de 12 años de prisión mientras que su hermano, J.J.R.V., acusado también como colaborador necesario de la muerte, ha sido absuelto al no considerar probada su participación en los hechos. La acusación particular ha solicitado la pena máxima de 15 años, mientras la defensa ha pedido para R.R.V. que se aplique la mínima, de 10 años.

Por su parte, el padre de la víctima, M.R., ha sido también declarado por el jurado popular culpable, en su caso, por un delito de agresión con lesiones graves al que le corresponde, según el Código Penal, una pena de entre 3 y 5 años. En este caso, la Fiscalía ha solicitado 3 años de prisión, al igual que la defensa, mientras los abogados de la otra parte han pedido la máxima, de 5 años de prisión.

El Ministerio Fiscal ha pedido al juez la aplicación de medidas cautelares e ingreso en prisión provisional sin fianza para R.R.V. al considerar que existe riesgo de sustracción a la justicia, mientras que los abogados de la defensa de la otra parte han reclamado igualmente el ingreso en prisión de M.R., a la espera de sentencia.

En cuanto a la responsabilidad civil, la Fiscalía ha solicitado indemnización para cada uno de los tres hijos de la víctima de 60.000 euros, así como 10.000 euros para el padre, y 10.000 euros para R.R.

El resto de acusados en el juicio han sido absueltos o declarados culpables de lesiones leves para las que se prevén penas máximas de 2 meses de multa. El juez deberá ahora dictar sentencia y decidir sobre las condenas aplicables a cada uno.

El juicio por el crimen de Las Moreras, celebrado en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, concluyó el miércoles y, desde el jueves, el jurado popular ha estado encerrado deliberando para emitir el veredicto. Tras escuchar a todos los acusados, testigos y técnicos, las partes mantuvieron la petición de penas solicitadas inicialmente aunque la Fiscalía retiró la acusación a la tía de los principales acusados, también acusada, al considerar que su participación en los hechos no había quedado acreditada durante el juicio.

Así, el Ministerio Público solicitaba 12 años para los hermanos R. J. R. V. y J. J. R. V., al considerarlos culpables a los dos de homicidio aunque solo uno, el primero, haya confesado ser autor de los hechos, mientras el otro negaba su implicación en el crimen. Para el fiscal, J.J.R.V. fue autor necesario de la muerte y por tanto culpable de homicidio.

La defensa del autor confeso de los hechos solicitó la aplicación de los atenuantes de confesión, defensa propia, dilaciones indebidas en el juicio y por actuar bajo los efectos de sustancias tóxicas para que se considere la rebaja de la pena. La defensa del otro hermano, que negó su participación en el crimen, cree que no se ha demostrado su participación y solicitó que se retiren todos los cargos contra él.