El juicio por el crimen de Las Moreras, que se celebra en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba, ha finalizado ya su parte central y, a partir de mañana, el jurado popular deberá deliberar para emitir un veredicto. Tras escuchar a todos los acusados, testigos y técnicos, las penas que inicialmente pedían las partes no han variado sustancialmente. Aunque, eso sí, la Fiscalía ha retirado la acusación a una de las procesadas, tía de los principales acusados, por considerar que no está probada su participación en los hechos que se dirimen.

El Ministerio Público mantiene la petición de 12 años para cada uno de los hermanos (R. J. R. V. y J. J. R. V.) al considerar que ambos son culpable de sendos delitos de homicidio. Si bien uno de ellos, R. J. R. V. (el más joven) se confesó autor material de los hechos, el otro ha negado los hechos que se le imputan. El fiscal, sin embargo, considera que este último "intervino para ayudar a su hermano y colaborar en la muerte" de la víctima.

Además, la Fiscalía rechaza el argumento de la defensa de que R. J. R. V. actuó en defensa propia al entender que se trató de "una riña mutuamente aceptada" lo que ha comparado, en sus conclusiones emitidas al jurado, con un duelo entre dos tiradores que se dan la espalda y luego vuelven a darse la vuelta para dispararse. El Ministerio Público tampoco considera que deba haber atenuante por confesión porque, en su opinión, "reconoce que lo mató en legítima defensa, pero eso no es confesar".

Con respecto a la acusación que representa a la madre de los hijos de la víctima y a los padres de éste también han expuesto que ambos hermanos colaboraron "de manera conjunta e intencionada" para matar a la víctima. Bajo la premisa de que antes de la reyerta se encontraron con el padre de la víctima (una parte dice que fueron varias personas y que lo amenazaron, mientras que la otra dice que solo uno de los acusados le pidió explicaciones por una agresión anterior a un primo suyo), la acusación apunta que "agredieron" al padre del después fallecido para que bajara y así iniciar la pelea.

En este caso, la acusación no considera que se tratara de un delito de homicidio, sino de un asesinato, al entender que acudieron allí con el ánimo de pelar y que una vez dentro de la reyerta se actuó con "ensañamiento" e incluso de manera sorpresiva.

Mientras, la defensa del autor material de los hechos ha pedido que se apliquen una serie de atenuantes a la hora de juzgar a su representado. El abogado de la defensa considera que se debería rebajar la pena al existir confesión, también porque actuó en defensa propia y bajo un miedo insuperable. A lo que añade que se encontraba bajo los efectos de sustancias tóxicas. También pide la atenuante de dilaciones indebidas por considerar que la prueba del vídeo (en la que sale parte de la pelea) tardó un año en poderse obtener.

La defensa del otro hermano, el que la Fiscalía considera autor necesario de la muerte, ha solicitado, por su parte, que se retiren todos los cargos de su cliente al considerar que en el vídeo no puede observarse nada. Tampoco ha quedado demostrado que los acusados llevaran más armas que una cadena de perro que no se utilizó, mientras el fallecido y su padre sí bajaron hasta el patio Gabriel Celaya portando, al menos, un cuchillo y un palo.