ACTUALIDAD BLANQUIVERDE

La jueza sobresee la denuncia contra Carlos González y otros por administración desleal en el Córdoba CF

La demanda fue interpuesta por la entidad blanquiverde en la etapa de Jesús León, pero después se allanó tras la toma de control del club por parte de González

La magistrada estima que «no existe indicio alguno de que las actuaciones llevadas a cabo por la directiva hayan perjudicado la situación económica del club»

Carlos González.

Carlos González.

Ignacio Luque

Ignacio Luque

El Juzgado de Instrucción número 3 de Córdoba decretó el pasado 13 de julio el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias por la demanda interpuesta en su día por el Córdoba CF SAD cuando era presidido por Jesús León contra Carlos González, Andrés Delgado, Alejandro González, Salvador Sánchez, Javier Jiménez y Álex Gómez Comes, entre otros, por presuntos delitos de administración desleal, apropiación indebida y corrupción entre particulares.

Cláusula de los tres millones

En el escrito al que ha tenido acceso este periódico, la magistrada-juez del Instrucción 3 de Córdoba, Ana María Relaño, recuerda que el 23 de mayo del 2011 se declaró concurso de acreedores en el club blanquiverde y que el 3 de junio Prasa vendió el paquete mayoritario de acciones a Carlos González (Ecco Documática, posteriormente Azaveco). El precio de la venta era de 1.250.000 euros y 3 millones de euros adicionales en caso de ascenso a Primera División del equipo cordobesista. El 22 de junio del 2014 se activó la cláusula por la que González debía abonar a Prasa tres millones de euros y «la parte denunciante consideraba en su escrito de denuncia, que una buena parte de los presuntos delitos denunciados fueron encaminados, precisamente, a que D. Carlos González y sus sociedades obtuvieran ilícitamente del Córdoba CF esa cantidad de dinero, para hacer frente al pago de la prima de ascenso a Grupo Prasa S.A.», detalla la jueza en su edicto.

La denuncia señalaba documentación y contratos acaecidos en el Córdoba CF SAD en esa etapa, como el contrato de servicios de Javier Jiménez, un préstamo del club a Ecco Documática, «celebración de contratos de cesión o subrogación, por parte del Córdoba CF, asumiendo obligaciones de índole laboral con los empleados de empresas de D. Carlos González, en perjuicio del Córdoba CF ya que se mantuvo la antigüedad laboral de dichos profesionales, quedando liberadas esas sociedades de las cargas laborales, en perjuicio del Córdoba CF que pasó a asumirla», como detalla el escrito y otros documentos que indicaban la relación del club con el intermediario Salva Sánchez y su empresa o aquel famoso reparto de dividendos en la temporada 2015-16 de 1,5 millones de euros, entre otras operaciones.

Tras la fase de instrucción, la jueza titular del Instrucción 3 entiende que «no existen indicios de que se hayan podido cometer los delitos denunciados, pues existen datos objetivos de que la situación económica del Córdoba CF mejoró desde el cambio de directiva en el ejercicio 2011-12, y es que, tras el ascenso a primera división y otros logros deportivos, hubo un fuerte incremento de ingresos y beneficios para el Club, mejorando, por lo tanto, su nivel de endeudamiento, acumulando un beneficio de 11.596.804 euros».

Por lo tanto, la magistrada insiste en que «no existe indicio alguno de que las actuaciones llevadas a cabo por la directiva del Córdoba CF hayan perjudicado la situación económica del club, siendo una práctica habitual de los clubes de fútbol, el reparto de primas derivadas de algún éxito deportivo».

Por lo tanto, para la jueza «no aparece justificada la perpetración del delito investigado, y procede, conforme a lo dispuesto en los Arts. 269, 641.1 y 779.1º.1ª LECrim, acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones».

Sobre la decisión cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días.

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