Opinión | El Alegato
Trastorno facticio
Cada vez que me toca escribir este alegato, lo primero que se me viene a la cabeza es dedicarlo a uno de esos asuntos sobre los que puedo pronunciarme con relativa tranquilidad por saber de lo que hablo.
Luego, medito las consecuencias profesionales de mi volunto y me freno. No obstante, como quiera que estoy convencida de que quienes lean estas manifestaciones van a pensar que sin duda estoy hablando de otros -como decía mi abuela, «a nadie le huelen sus peos ni sus niños les parecen feos»-pues allá que me tiro a la piscina y que sea lo que el INSS quiera.
En las enfermedades, cada persona percibe sus dolores como únicos y nadie más que el sufridor sabe lo que es vivir día a día con esos padecimientos, ahora bien, eso es una cosa y otra bien distinta que se pretenda que todo dolor -aunque sea muchas veces más subjetivo que objetivo- le haga a uno acreedor de una «pensión».
Dedico el cincuenta por ciento de mi tiempo profesional a la defensa de esas personas que ven denegadas sus pretensiones de ser beneficiarias de una pensión de Incapacidad Permanente, que además es una especialidad de mi trabajo que me encanta, porque la medicina era mi otra opción profesional y muchos de mis expedientes tienen más radiografías y tomografías que resoluciones administrativas.
No voy a negar que el EVI (Equipo de Evaluación de Incapacidades, que es igual de equipo que esos despachos que se publicitan como «XX abogados» y no hay en ellos más abogado que el Sr. XX) es muy estricto y un tanto «tacaño» a la hora de valorar las dificultades que cada persona tiene, bien para realizar su trabajo habitual, bien para todos los trabajos imaginables o incluso para las actividades de la vida diaria, pero también es cierto que es bastante astuto y pícaro a la hora de practicar esos reconocimientos que le permiten emitir un informe sobre el que proponer al INSS la declaración o no de una persona como incapacitada.
Lo que no es admisible es presentarse ante el susodicho órgano multidisciplinar evaluador diciendo: «Quiero una incapacidad igual que mi vecina Pepi, que tiene lo mismo que yo» (sic).
Jubilarse por incapacidad no es una opción que quede al arbitrio del interesado. Si así lo cree, su enfermedad tiene un nombre, se llama «pensionitis», es altamente contagiosa y perjudica a los que de verdad presentan una incapacidad laboral.
* Abogada especialista en Derecho del Trabajo y Seguridad Social
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