Desde hace años las oenegés vienen denunciando la existencia de expectaculares redadas de inmigrantes en la calle basadas solo en el color de la piel o su aspecto físico. Las autoridades, sin embargo, siempre han negado esta práctica. La Dirección General de la Policía publicará hoy una circular con las pautas que deben seguir las actuaciones policiales en materia de identificación de extranjeros, en la que se reitera la prohibición de establecer cupos de detención de simpapeles y de redadas indiscriminadas o masivas.

El último polémico episodio sobre una redada masiva se produjo el viernes pasado en Barcelona. Un dispositivo de Mossos, Guardia Urbana y Policía Nacional desplegado en le barrio de La Ribera, en Ciutat Vella, generó malestar en sectores del barrio por "desproporcionado". Unos 70 agentes tomaron la zona, identificaron a 152 personas y prácticaron solo dos detenciones

La nueva instrucción de la Dirección General de la Policía aborda la "planificación y ejecución de dispositivos operativos selectivos" para evitar "cualquier práctica que conlleve una restricción indebida de derechos y libertades". La circular recoge las normas ya transmitidas por el comisario general de extranjería tras las modificación legislativas del año 2000 en la ley de extranjería y pretende "eliminar cualquier ambigüedad" o interpretación imprecisa.

El director general de la Policía, Ignacio Cosidó, ha decidido oficializar y formalizar las instrucciones de la comisario general de extranjería para regular de forma "más clara y directa" en los controles de identificación.

ERRADICAR LOS ABUSOS La orden especifica que las identificaciones de personas que infundan sospechas se realizarán de forma "proporcionada, respetuosa y del modo que menos incidencia genere en la esfera del individuo". Reitera la prohibición de "actuaciones innecesarias, arbitrarias, abusivas o que supongan una extralimitación de las facultades que el ordenamiento jurídico otorga" a la policía, a la vez que resalta la improcedencia de trasladar a dependencias policiales a los extranjeros cuya estancia irregular se constate tras su identificación, "siempre que se compruebe su identidad y se justifique un domicilio".