Los exempleados del Córdoba CF Enrique Martín, Rafa Berges, Antonio Viola, Juan Ramón Berdugo, Javier Ramos, Alfredo Sánchez Benito, Alfredo García Amado y Magdalena Entrenas, representados por esta última, han remitido un escrito al juzgado mercantil de Córdoba en el que piden la "nulidad" del auto judicial por el que el Córdoba CF entró en concurso de acreedores y se procedió al inicio de la subasta de su unidad productiva.

En su escrito al juez como "partes interesadas" en el proceso, indican que son "profesionales deportivos, de comunicación y jurídicos que han prestado sus servicios profesionales sin haber cobrado durante mucho tiempo" y que ahora "se ven abocados a no cobrar lo que legítimamente les corresponde" si sigue adelante "la venta autorizada por el juzgado en condiciones muy favorables para los compradores y absolutamente nefastas para quienes ostentan créditos legítimos contra la concursada".

Remiten al juez de lo mercantil de Córdoba documentos como los acuerdos de indemnización, las demandas de despidos, pagarés y cheques para dar validez a su solicitud. Hay que recordar que algunos de ellos eran empleados por cuenta ajena y otros por cuenta propia, es decir, que cobraban del Córdoba CF a través de facturas y no por nómina.

Ante la situación de venta de la unidad productiva del Córdoba CF, los demandantes entienden que se "frustrarían las legítimas expectativas de mis demandantes y de todos los acreedores de la entidad concursada".

Entre sus alegaciones, reclaman la nulidad del auto de autorización de la venta de la unidad productiva del club blanquiverde, ya que "lo que se encubre, en este caso, es la venta completa de la empresa, libre de cargas, como una sola unidad productiva y dejando atrás a los acreedores". De hecho, en la reclamación llegan a apuntar que "sería abrir la puerta al fraude concursal".

También recuerdan que el nombramiento de la administración judicial "está recurrido en el juzgado de instrucción número 5 de Córdoba", que esta figura no es firme, y que "en el supuesto de que se decretase nula, sería nulo todo lo actuado con posterioridad y, desde luego, la decisión gravísima adoptada por los administradores de instalar al concurso voluntario del Córdoba CF, a sabiendas de la existencia de un anterior concurso no liquidado. Por supuesto, también sería nula la solicitud de venta de la unidad productiva y el auto que sin más la acuerda", afirman los extrabajadores del club.

Finalmente, también consideran que "no deja de causar perplejidad que quien ha instado al concurso como administrador judicial de la concursada y como representante legal de la misma, resulte nombrado administrador concursal, con una clara incompatibilidad de ambas funciones".

Sin embargo, fuentes judiciales consultadas por este periódico indican que el hecho de que el administrador concursal, Francisco Estepa, fuese antes administrador judicial del Córdoba CF, no sería una actuación ilegal ni antijurídica. De hecho, el propio Estepa fue primero administrador judicial penal y posteriormente concursal de la empresa Fitonovo, que se ocupaba del mantenimiento de varios parques municipales de Sevilla capital.

ARGUMENTOS LEGALES

Además, en el caso de la venta de una unidad productiva, que es el caso del Córdoba CF, la deuda laboral no queda extinguida o impagada. La nueva entidad hereda la deuda de los antiguos trabajadores. Así lo indica el artículo 149,5 de la Ley Concursal, al referir que «cuando, como consecuencia de la enajenación (…), una entidad económica mantenga su identidad, entendida como un conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica esencial o accesoria, se considerará, a los efectos laborales y de Seguridad Social, que existe sucesión de empresa» y, por tanto, de las deudas laborales.