A la vez que desciende el número de parejas que se deciden a darse el sí quiero formal, ya sea por lo civil o por la Iglesia, la evolución de altas en el registro de parejas de hecho está en aumento. Según los últimos datos facilitados por la Junta de Andalucía, 627 optaron por esta vía para formalizar su unión frente a las 557 del año anterior. Esta fórmula tiene especial éxito entre los jóvenes, ya que del total de parejas inscritas en la provincia, el 56% tienen entre 25 y 35 años y el 24% de 36 a 45 años. La inscripción se puede realizar tanto en el Ayuntamiento, donde se formalizan el 35% de las veces, y en la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, siempre de forma presencial de las dos partes.

Pero, ¿qué es una pareja de hecho a nivel práctico? Según la definición de la Junta de Andalucía, es una unión entre dos personas que quieren convivir de forma estable, en una relación similar a la conyugal, y que para ello deciden hacerlo constar en un registro con el fin de que figure de forma oficial. Esta medida concede una serie de derechos en algunos casos equivalentes a los que tienen los matrimonios y en otros ámbitos no. En materias como los permisos laborales por enfermedad grave o muerte de la pareja, o permisos de paternidad y maternidad no hay diferencia. Sin embargo, en materia fiscal, la pareja de hecho no existe, por lo que, si no se está casado, no se puede, por ejemplo, hacer declaración conjunta de la renta, tampoco a efectos de herencia si no existe un testamento que deje claro la voluntad del fallecido. Las parejas de hecho pueden acceder a viviendas públicas, subvenciones y exenciones fiscales en el tramo autonómico, pero, si uno de los dos fallece, es necesario acreditar que la unión existe hace más de dos años para tener derecho a la pensión de viudedad.