La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha iniciado la expropiación temporal del uso de una vivienda en Doña Mencía, para permitir que una persona que iba a ser desahuciada pueda seguir habitándola al menos durante tres años, mediante el abono de un alquiler social nunca superior a 130 euros. En este sentido, la delegada provincial del ramo, María de los Santos Córdoba, confirmó ayer que se trata del primer expediente comenzado en la provincia, y se suma a los otros 28 que se están desarrollando en la comunidad autónoma, además del caso que ha finalizado con éxito en Huelva.

La Oficina de Defensa de la Vivienda en Córdoba está trabajando "con muchas familias" y cuenta con unas cuatro solicitudes de personas que prevén que pueden ser desalojadas de sus casas y reclaman acogerse a la Ley de Función Social de la Vivienda. Así, la delegada de Fomento ha señalado que la Junta espera "que esta sea una medida paliativa de la sangría que está viviendo Andalucía con los desahucios", y ha explicado que en el caso concreto de Doña Mencía, se trata de una familia afectada por el desempleo "que no puede hacer frente al pago de la hipoteca". Esta persona esperaba que el lanzamiento se produjera la semana pasada, pero la delegada precisa que "conseguimos que el juzgado lo parara, la familia solicitó la intervención y por esto se ha iniciado el proceso".

El anuncio del expediente que apareció ayer en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía es el primer paso del procedimiento de expropiación temporal de una vivienda, aunque la entidad propietaria cuenta con quince días para presentar alegaciones. Después de esto, el caso llegará al consejo de gobierno, que será quien tenga que aprobarlo para que el proceso culmine de forma favorable para la familia. La Junta de Andalucía, además, tendrá que determinar el justiprecio que abonará a la adjudicataria del inmueble.

Para aplicar esta medida excepcional, los afectados deben tener como vivienda habitual y permanente la casa objeto de ejecución hipotecaria, el préstamo ha tenido que ser solicitado para abonar esta propiedad, el desahucio debe implicar una situación de exclusión social (acreditada por los servicios sociales) y las condiciones económicas de las personas han debido sufrir un importante menoscabo.