Aunque demandada por colectivos y asociaciones de usuarios, la modificación de la Ley Concursal que entró en vigor el 1 de enero de este año ha pasado por alto las situaciones de insolvencia del consumidor y solo se reseña en una disposición adicional que el Gobierno remita a las Cortes, en el plazo de seis meses, un informe sobre la aplicación y los efectos del conjunto de medidas adoptadas para mejorar la situación de las personas físicas y familias que se encuentren en dificultades para satisfacer sus obligaciones, especialmente las garantizadas con hipoteca.

Fueron muchos los jueces y expertos que se mostraron a favor de modificar la Ley Concursal para favorecer que los particulares insolventes lleguen a acuerdos con las entidades financieras sobre el pago de las deudas o que incluso se les condonen los importes que no puedan abonar con la venta de sus viviendas.

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), 905 personas se declararon durante el 2010 en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos), un 11,4 % menos que en el año 2009.