Si de los plenos del Tribunal Constitucional se acostumbran a esperar pocas sorpresas cuando abordan cuestiones relativas al proceso soberanista, en el de hoy, que estudiaba el nuevo desafío del Parlament del pasado miércoles, aun menos. Y expectativas cumplidas. Así, el TC ha acordado suspender por unanimidad la ratificación de las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente del pasado miércoles.

Relacionadas

En un cónclave extraordinario y que ha durado apenas una hora, el TC ha admitido a trámite el incidente de ejecución de la sentencia presentada el pasado viernes por el Gobierno. Se dan ahora 20 días a las partes para que formulen las pertinentes alegaciones.

El pleno del Tribunal Constitucional se ha reunido este lunes para decidir qué medidas adopta ante el nuevo desafío del Parlament. Los magistrados, entre otros asuntos, han estudiado la solicitud del Gobierno central de abrir la vía penal contra la presidenta de la Cámara catalana, Carme Forcadell, por desobedecer al alto tribunal y permitir el debate y posterior aprobación de las conclusiones de la comisión de estudio del 'procés'.

En su recurso contra la resolución del Parlament aprobada con los votos de Junts pel Sí y la CUP, el Ejecutivo solicita que esta sea suspendida con carácter inmediato. También reclama que Forcadell, así como el 'president' Carles Puigdemont y el resto de miembros del Govern, sean apercibidos de que no pueden tomar medidas dirigidas a desarrollar la resolución, al entender que el alto tribunal ya anuló en una sentencia el pasado 2 de diciembre del 2015 la declaración soberanista aprobada el 9 de noviembre anterior. En caso contrario, podrían ser multados e incluso suspendidos de sus funciones.

Las medidas que propone el Gobierno en funciones de Mariano Rajoy se basan en la aplicación del artículo 92 de la ley orgánica que regula el funcionamiento del Constitucional y que fue reformado el año pasado a iniciativa del PP. Según esta reforma, las autoridades e instituciones del Estado están obligados a cumplir los pronunciamientos del alto tribunal.

Asimismo, el Ejecutivo invoca el artículo 161.2 de la Constitución, que determina que la impugnación del Gobierno de una disposición de un órgano de una comunidad autónoma conlleva su inmediata suspensión durante cinco meses.