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Abierto el plazo para votar por correo en las municipales del 28M: así puedes solicitarlo
Ya puedes pedir el voto por correspondencia, te contamos cuáles son las fechas límite, cómo hacerlo y todos los requisitos
¿Votarás por correo en las elecciones municipales del 28M? Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones municipales que se celebrarán el domingo, 28 de mayo de 2023, de acuerdo con la convocatoria publicada este martes, 4 de abril.
También puede solicitarse para las elecciones autonómicas, que el 28 de mayo se celebran en todas las comunidades menos en Andalucía, País Vasco, Cataluña y Galicia (las llamadas comunidades históricas). Tampoco habrá autonómicas en Castilla León, donde se celebraron en 2022.
Fecha límite para solicitar el voto por correo
Los electores que decidan votar por correo estas municipales del 28M en Córdoba pueden solicitar hasta el día 18 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.
Solicitud de voto por correo telemática
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.
[object Object]Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
[object Object]Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Fecha límite para votar por correo
El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.
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