SERÁ COMO PERIODO DE PRUEBA DURANTE UN MES
La línea 3 del autobús urbano de Puente Genil ampliará su itinerario a la Cañada de la Plata,
Se pretende aprovechar el tiempo muerto de cada trayecto para satisfacer una petición vecinal

La línea 3 es la que llega al hospital de Puente Genil. / CÓRDOBA

El alcalde en funciones de Puente Genil, Esteban Morales, ha firmado un Decreto por el que se aprueba y ordena a la empresa concesionaria del servicio de transporte público urbano «la modificación del recorrido de la línea 3 de autobús urbano, con carácter experimental por un período de un mes, a partir del día 1 de junio de 2023, transcurrido el cual, se decidirá su prestación en función de la demanda existente».
En el decreto se indica que actualmente, la línea 3 de autobús urbano discurre desde el barrio de Santo Domingo hasta el Hospital de Alta Resolución de Puente Genil y que la hora de salida de este mismo punto se efectúa a los 50 minutos de cada hora de servicio. «Se produce por tanto un tiempo muerto» en cada hora de servicio de 15 minutos, en el cual el autobús permanece inactivo». Con objeto de completar la citada Línea Santo Domingo-Hospital, ante las demandas vecinales formuladas por los residentes de la urbanización Cañada de la Plata y usuarios del club deportivo allí ubicado y, con objeto de mejorar el servicio prestado, se ha planteado la posibilidad de ampliar la esta línea, aprovechando el tiempo muerto de parada, para que llegue a la urbanización Cañada de la Plata.
“Esta medida mejoraría la movilidad entre la urbanización y el núcleo principal, al tiempo que podría suponer un incremento de viajeros en la línea, actualmente muy deficitaria, en la medida en que se aprovechará la afluencia de público al club deportivo allí ubicado", recoge el documento. A la vista de los datos aportados por la empresa concesionaria del servicio, validados por los SSTT Económicos, "el coste mensual ascendería a 213,12 €/mes. Al finalizar el periodo de prueba, se analizará el grado de aceptación y el funcionamiento del servicio proyectado, evaluando si se mantiene el equilibrio del mismo. Si no es así, este debería ser restablecido por el Ayuntamiento, mediante la correspondiente indemnización al concesionario o mediante la adopción de otras medidas de carácter económico que sean aceptadas por ambas partes”, contempla el Decreto.
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