EL HOMBRE SE ENFRENTA A UN DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL
El conductor del accidente de la avenida del Aeropuerto dio positivo penal en alcohol
El vehículo se salió del carril, tropezó con un bordillo, chocó contra una farola y siguió circulando hasta que colisionó con una valla y volcó
El conductor implicado en el aparatoso accidente ocurrido en la noche de este jueves en la avenida del Aeropuerto en Córdoba capital dio positivo penal en ingesta de alcohol, según han confirmado a este periódico fuentes municipales. Es decir, lo ocurrido conllevará para el conductor más que una mera sanción administrativa, y este deberá enfrentarse a una acusación por un delito contra la seguridad vial.
El conductor se salió del carril por el que circulaba con su vehículo a la altura del hospital Quirónsalud, luego tropezó contra el bordillo, chocó contra una farola y siguió circulando hasta que, finalmente, chocó contra una valla y volcó el coche. El accidente provocó un apagón en la zona.
Hasta el lugar de los hechos acudieron agentes de la Policía Local de Córdoba, los efectivos sanitarios y bomberos del Servicio de Extinción de Incendios (SEIS). Si bien el conductor resultó herido, pudo salir por su propio pie del vehículo. Fuentes de Emergencias 112 Andalucía explicaron ayer que había recibido el aviso el vuelco del coche en torno a las 21.00 horas.
Retirada del carnet
Que el conductor diera positivo penal en alcoholemia tras el accidente significa que superó los 0,6 miligramos de alcohol por litro de aire aspirado. Cuando la sanción es solo administrativa, se queda en retirada de puntos y en una multa, pero en caso de positivo penal, según la ley vigente en materia penal, el conductor podría ser condenado por un delito de alcoholemia contra la seguridad vial y de tráfico, entre otras cosas, con la retirada del carnet de conducir.
Si se supera la tasa de alcoholemia de 0,60 mg/l en aire espirado, la infracción administrativa pasa a considerarse un delito contra la seguridad vial castigado con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a tres meses; además, se perderá el carnet de conducir durante un periodo de entre uno y cuatro años.
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