Diario Córdoba

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TRIBUNALES Y MEDIO AMBIENTE

Casas ilegales y vertidos centran los delitos ambientales en Córdoba

La Fiscalía advierte de que el mandato del Tribunal Supremo es demoler las viviendas irregulares | La Policía Autonómica ha tramitado en lo que va de año cerca de medio millar de denuncias

Imagen de archivo de peces muertos en el Guadalquivir por el vertido de orujo de la oleícola El Tejar. A.J. González

Los delitos medioambientales son aquellos que, a grandes rasgos, atentan contra el medioambiente. El Código Penal recoge varios tipos de delitos medioambientales, que son de contaminación o ecológicos, de actividad relacionada con residuos, de daños en espacio natural protegido, de incendio, relativos a la protección de la flora y relacionados con la protección de la fauna. Además, también entran en el mismo saco los delitos contra la ordenación del territorio en los que, a pesar de que el bien jurídico protegido no es el medioambiente, sí lo dañan (por ejemplo, una vivienda construida ilegalmente en la Sierra puede dañar a la flora del lugar).

En la provincia de Córdoba se dan casos de todos los tipos de delitos medioambientales, pero hay algunos que son, o bien más sonados, o bien más judicializadas, es decir, que llegan a los tribunales para que sus ejecutores sean juzgados. Lo cuenta la fiscal de Medio Ambiente de Córdoba, María Eugenia Bautista, que preguntada por los delitos de este ámbito más frecuentes nombra dos: los vertidos y las construcciones ilegales.

Vertidos

Con respecto a esos vertidos, concreta que suelen tener repercusión los vertidos de alpechín procedentes de las almazaras y las cooperativas de aceite de oliva. El alpechín es un líquido de olor bastante desagradable que resulta de la mezcla de agua para lavar las aceitunas y del agua que tienen las propias aceitunas. No son pocas las noticias que aparecen sobre vertidos de alpechín, en muchas ocasiones mezclado con sosa cáustica, que van a parar a masas de agua, sobre todo, ríos, que de un día para otro tornan su color en negro

Para nombrar uno de los casos más sonados de los últimos años solo hay que recurrir al de la oleícola El Tejar, en Pedro Abad. En este caso, el vertido fue de orujo (otro residuo resultante del tratamiento de las aceitunas para obtener el aceite), afectó a 20 kilómetros de río, el Guadalquivir en este caso, y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir tuvo que retirar 4.500 kilos de peces muertos a causa del mismo.

Eugenia Bautista: «La gente que construye en un terreno donde no está permitido hacerlo está abocada a la demolición»

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Los otros delitos medioambientales con relevancia en Córdoba nombrados por Bautista son los urbanísticos o contra la ordenación del territorio. La fiscal de Medio Ambiente asegura que «este año se han incrementado muchísimo las denuncias que nos remite la Gerencia de Urbanismo», ya que «la gente sigue construyendo cuando es suelo no urbanizable y eso es delito». En este sentido, detalla que hace algunos años, los tribunales absolvían a los autores de estos delitos lo que, en opinión de Bautista, «ha dado lugar a que la gente se crea amparada y que crea que no va a pasar nada y que se va a legalizar de alguna manera».

Nueva doctrina

El porqué de esas absoluciones también lo explica Bautista. «Como está todo muy construido, los tribunales consideraban que en un sitio que ya está tan degradado la acción de construir una casa más no era antijurídica». Pero a partir del año 2020, agrega, el Tribunal Supremo establece una doctrina que seguir y que incluye una serie de criterios sobre cómo ejecutar las demoliciones. Es decir, «la gente que construye está abocada a la demolición», advierte Bautista. Sobre esa decisión que toma el Supremo, la fiscal detalla que «cambió una jurisprudencia que había en Córdoba en relación a los sitios poblados de construcciones ilegales» y ahora, apunta, «se condena siempre que se acredite el hecho, tanto por parte de la Audiencia Provincial como por los tribunales». En este caso, el Supremo viene a decir, contradiciendo lo que hacían los tribunales en Córdoba hasta ese momento, que toda construcción ilegal nueva, ya fuera en un sitio poblado de ese tipo de edificaciones o no, era «un plus de degradación del territorio, con contaminación de acuíferos, por ejemplo, o con imposibilidad de reconducir ese territorio».

Y a pesar de todo esto, incide la fiscal, «la gente sigue construyendo muchísimo», sobre todo, después de la pandemia «la gente ha seguido construyendo». Bautista considera que «Córdoba tiene este problema, está creciendo a base de urbanismo ilegal. Y tiene un problema con eso porque muchos sitios no son reconducibles. El terreno puede ser inundable o ser de extremo peligro de incendio en la Sierra y eso nunca se va a poder autorizar».

Por su parte, el inspector jefe de la Unidad de Policía de la Comunidad Autónoma de Andalucía (uno de los cuerpos encargados de prevenir e investigar los delitos medioambientales), Pedro Pablo González, detalla que, «si nos fijamos en los datos estadísticos de este año, por parte de la Unidad Adscrita en Córdoba se han tramitado, por infracciones medioambientales, un total de 468 denuncias, de las cuales siete han sido por presuntos delitos». Acerca de si estas infracciones suben o bajan, González detalla que «durante los últimos años ha habido variaciones, siendo lo más significativo el descenso producido en los años 2019 y 2020 ocasionado principalmente por la situación de pandemia y los confinamientos totales y territoriales».

Dónde se localizan

Si bien este tipo de delitos se da en toda la provincia, dependiendo de la naturaleza de los mismos se localizan en unos sitios u otros. Como explica González, los delitos de incendio «se dan principalmente en zonas forestales, aunque también investigamos incendios que se han originado en zona no forestal, pero que, al avanzar, han llegado a afectar especies forestales». 

Pedro Pablo González: «Durante los últimos años ha habido variaciones en el número de delitos medioambientales»

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En cuanto a los vertidos o emisiones que afectan a la calidad del aire, se localizan en zonas industriales, y los vertidos al medio acuático, expone, «se dan evidentemente donde haya masas de agua, pero esos vertidos pueden provenir de residuos de explotaciones agrícolas, como serían los vertidos de alpechín dolos o negligentes al río». 

Con respecto a los vertidos de residuos sólidos tóxicos o peligrosos, como son los vertidos de uralita, se suelen dar más en las inmediaciones de zonas urbanas e industriales, mientras que los delitos contra la fauna, mediante uso de venenos, lazos o cepos, se dan en zona forestal, principalmente donde haya aprovechamiento cinegético, como son los cotos de caza.

La Constitución y el Estatuto de Autonomía amparan al medio ambiente

La protección del medio ambiente tiene su fundamento en el artículo 45 de la Constitución, que establece en su apartado 1 que todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. El mismo artículo 45 de la Constitución establece que la obligación de velar por que podamos disfrutar de todos los recursos naturales corresponde a los poderes públicos y prevé sanciones penales y administrativas para quien incumpla la obligación de conservar el medio ambiente. El Estatuto de Autonomía también dedica un título a la protección del medio ambiente (el VII, artículos 195 a 203).

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