El secretario del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, Valeriano Lavela, ya ha respondido al concejal no adscrito David Dorado que registró hace unos días una solicitud de información sobre si él era un tránsfuga. El exconcejal naranja, que salió del gobierno municipal y del partido político con el que concurrió a las elecciones municipales (Ciudadanos) a raíz del llamado caso Infraestructuras, planteó al secretario la misma cuestión que lanzó al aire en el pleno del jueves, en el turno de ruegos y preguntas. "¿Soy yo un tránsfuga?". Dorado registró la petición después de plantearla el pasado jueves en el pleno de septiembre y después de que el propio alcalde, José María Bellido, se lo sugiriese. El primer edil evitó que el secretario contestase in vocce a Dorado al entender que los ruegos y preguntas son "para fiscalizar al gobierno y no al secretario del Pleno".

En su informe, Valeriano Lavela indica que a efectos prácticos, en el ámbito de la administración local, aunque David Dorado no se ha unido a ninguna otra formación política distinta a la de Ciudadanos Córdoba "al ser, pues, muy amplio el concepto de tránsfuga en virtud del contenido del referido pacto antitransfuguismo, el señor David Dorado tendría la calificación de tránsfuga por aplicación estricta de dicho pacto".

Sin embargo, desde un criterio estrictamente legal, en lo que se refiere a la regulación de los concejales no adscritos, "desde un criterio de aplicación automática y de la literalidad del significado e interpretación del término tránsfuga, conforme al diccionario de la Real Academia de la Lengua española", Lavela dice no compartir "el criterio tan extenso y generalizado que hace el Pacto antitransfuguismo del concepto de tránsfuga". Es por ello, que el secretario se inclina más por señalar que "aunque todos los concejales tránsfugas han de ser necesariamente calificados, como concejales no adscritos, no todos los concejales calificados legalmente como no adscritos por aplicación de lo previsto en el precitado artículo 73.3 de la Ley de Bases de Régimen Local, han de ser, necesariamente considerados y calificados como concejales tránsfugas".

En su opinión, no debieran ser considerados tránsfugas aquellos cargos públicos que aún habiendo abandonado o habiendo sido expulsados de la formación política en la que inicialmente hubiesen estado integrados, no se hubiesen incorporado con posterioridad a otra formación política distinta en la que hubieren estado integrados inicialmente.