El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4 de Sevilla ha dictado sentencia, tramitada por los Servicios Jurídicos de la asociación El Defensor del Paciente, mediante la cual se condena al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 20.400 euros, más intereses, por la muerte de una mujer, B.L.C., de 69 años, que falleció el 20 de octubre de 2018 por una tuberculosis que no se diagnosticó ni trató tras ser atendida en el hospital Reina Sofía de Córdoba. Según informa El Defensor del Paciente en una nota de prensa, la sentencia es firme al no haber sido recurrida por el SAS.

La asociación informa de que los hechos ocurrieron en el hospital Reina Sofía en enero del 2017, donde a la paciente la empezaron a tratar con el medicamento Infliximad, apropiado para su enfermedad inflamatoria intestinal tipo Crohn. "El problema de este medicamento es que tiene la capacidad de despertar a la bacteria causante de la tuberculosis, al ser un inmunosupresor", según El Defensor del Paciente.

La asociación explica que alrededor del 15% de los españoles, sobre todo a partir de los 40 años, desconocen que tienen una tuberculosis latente (dormida), y hay medicamentos como el Infliximad con capacidad para despertarla. Ello obliga a realizar un test de tuberculina previo, que se debe repetir, para asegurarse que la persona no tiene una tuberculosis latente antes de suministrarle infliximad. "Sin embargo, a B.L.C., no le repitieron el test", señala la asociación. "Y lo que es peor -añade el Defensor del Paciente- tenían un TAC, con nódulos peri-bronquiales de origen infeccioso que pasó desapercibido". De este modo, según la asociación "incumplieron los protocolos que obligan a descartar la existencia de tuberculosis, le pautaron el mencionado medicamento que la señora estuvo tomando durante más de un año".

Test de la tuberculina

Insiste la asociación en que "si le hubieran realizado el test de la tuberculina adecuadamente, y no hubiera pasado desapercibido el TAC, simplemente le habrían suministrado la terapia antibiótica antituberculosis con Isoniazida, que al día de la fecha cura la tuberculosis latente, de manera que la paciente habría seguido su tratamiento sin ningún riesgo".

"No hacer un diagnóstico y tratamiento correcto, por el contrario -señala El Defensor del Paciente-, condujo a la paciente a la muerte por un grave fracaso respiratorio por tuberculosis pulmonar miliar".

La sentencia, acogiendo los argumentos de la abogada María Jesús Villalpando, entiende que "se incumplió el deber de poner en manos del paciente los medios de tratamiento y diagnósticos adecuados". Debido a argumentos tan contundentes la sentencia no ha sido recurrida, como suele ser lo habitual, por el Servicio Andaluz de Salud.