La lluvia de multas generada durante el estado de alarma en toda España, por los incumplimientos más o menos justificados de la norma establecida, desató la alerta entre los letrados especializados en Derecho Administrativo, que han tramitado numerosas alegaciones ante las sanciones impuestas. Francisco Javier Montoro ha recurrido algunas de ellas y recomienda estar alerta antes de abonar la sanción correspondiente. «En mi opinión, se han producido abusos por parte de los Cuerpos de Seguridad por la falta de fundamentación reflejada en los boletines de denuncia», explica. Según Montoro, «muchos de los agentes se han limitado a justificar la multa como desobediencia a la autoridad, un concepto muy genérico que, sin más detalle, deja la duda sobre si la persona en cuestión desobedece a la autoridad en alusión al Estado, que ha implantado una serie de limitaciones de movilidad, o a los agentes, ya que la desobediencia da a entender que la persona se ha resistido de algún modo a aceptar las recomendaciones realizadas o es reincidente».

Señala Montoro además que muchas de esas multas no se notificaron durante el estado de alarma y «es posible que no se notifiquen ya porque hay dudas que han motivado incluso una consulta por parte de la Abogacía del Estado porque no estaban claras la tipificación y la competencia administrativa para resolver esos procedimientos sancionadores». Para este letrado, «las sanciones por saltarse el estado de alarma, en los términos en los que se han planteado en la mayoría de los casos, por su falta detalle sobre la falta cometida, son fácilmente recurribles».