Síguenos en redes sociales:

PLAN TURÍSTICO DE GRANDES CIUDADES

El Consultivo da el visto bueno a la resolución del contrato para la reforma del convento de Regina

El órgano de la Junta da la razón al Ayuntamiento y considera que la adjudicataria es la responsable de que no hayan comenzado las obras. El dictamen permite comenzar un nuevo concurso

El Consultivo da el visto bueno a la resolución del contrato para la reforma del convento de Regina

El Consejo Consultivo de Andalucía ha dado el visto bueno al Ayuntamiento para resolver el contrato con la adjudicataria de la obra que iba a llevar a cabo la primera fase de la rehabilitación del convento Reginay que no la llegó a iniciar en la primavera del 2018. El expediente colea desde hace dos años ya que en un primer informe el Consejo Consultivo se pronunció en contra sin entrar en el fondo del asunto al considerar que había caducado, obligando al Ayuntamiento a iniciar otra vez los trámites, hecho que ocurrió a finales del 2019.

Este dictamen permitirá al Ayuntamiento sacar a concurso de nuevo las obras, aunque ya tendrá que ser dentro de un nuevo plan, ya que el Turístico de Grandes Ciudades en el que se enmarca ha caducado. Mitad de este año era el plazo fijado en la última prórroga del plan firmado en el 2014 por Ayuntamiento y Junta y que debía estar culminado en el 2016. Todas las actuaciones del plan, una treintena, deberían haber estado acabas antes del 1 de junio del 2020 y justificadas antes del 31 de julio. Entre ellas está la restauración del Templo Romano, también parada.

Las obras, centradas en la iglesia, fueron adjudicadas por el Ayuntamiento a CDT (Construcciones y Desarrollos Tudmir) por 562.468 euros y la firma del contrato se produjo en abril del 2018, pero, a mitad de mayo, la empresa solicitó la resolución del contrato alegando la demora del Consistorio en la firma del acta de comprobación de replanteo. El Ayuntamiento defendió que la demora no le era imputable sino que se estaba produciendo por culpa de la adjudicataria, por lo que esta administración también solicitó la resolución del contrato.

El informe del Consultivo explica que el acta de replanteo debió firmarse el 4 de abril pero que antes tenía que haberse aprobado el plan de seguridad, hecho que no ocurrió hasta el 3 de mayo “por causas imputables al contratista”. Según el texto, a la empresa ya se le advirtió de que debía presentar el plan de seguridad e incluso se le hizo un requerimiento para ello. Finalmente, la adjudicataria entregó el plan el 12 de abril y, tras la realización de correcciones, este fue aprobado el 3 de mayo.

Pero al margen del plan de seguridad, la empresa tenía que entregar otros documentos antes del inicio de las obras, que tampoco llegaron en el plazo fijado. Aún así, y una vez que está aprobado el plan, el Ayuntamiento pidió a la empresa que presentase la documentación que faltaba. Sin embargo, y según el informe, “no se tiene constancia de que la empresa haya realizado ninguna” de las gestiones necesarias “ni mostrado interés alguno por comenzar los preparativos para el inicio de las obras”. Por ello, el 9 de mayo el Ayuntamiento le exigió la documentación y le comunicó su intención de firmar un acta de replanteo negativa. Aunque un día después la empresa envió documentación, esta no estaba completa. Unos días después, el 15 de mayo, es cuando la adjudicataria solicitó la resolución del contrato “por la demora injustificada en la comprobación del replanteo”, culpando de ello al Ayuntamiento.

En una reunión a final de mayo, en la que el Ayuntamiento le advirtió de los daños que estaba causando, la empresa le dijo que la oferta económica que había presentado no era viable porque proveedores y subcontratas habían subido los precios.

La junta de gobierno local aprobó el 1 de junio requerir a la empresa que formalizase el acta de comprobación de replanteo citándola para el día 7. Un día antes, el 6, la empresa comunicó al Ayuntamiento su negativa a iniciar las obras, por lo que el día 7 esta administración emitió el acta de replanteo negativa.

El Consultivo tiene claro que “la demora en la comprobación del replanteo y el acta de comprobación negativa fue motivada por circunstancias ajenas a la administración, habiendo sido la propia contratista la que ha ocasionado dicha demora” y “obstaculizado la firma” con el retraso “y la falta de presentación de los documentos”, lo que “evidencia su rebeldía en la ejecución del contrato”. El informe indica que el plazo fijado para la firma del acta de comprobación del replanteo se hubiese cumplido si la empresa no hubiera retrasado la presentación de la documentación.

El Consultivo, “ante la inexistencia de demora injustificada en la comprobación del replanteo por parte de la administración” y ante la “incomparecencia del contratista en el día finalmente fijado para levantar dicha acta”, concluye que “procede la resolución del contrato, no por causa imputable a la administración" sino “por la demora en la ejecución de los plazos por parte del contratista”. “La conducta del propio contratista ha imposibilitado el inicio de las obras, las cuales a fecha de hoy no se han iniciado ni se van a ejecutar”. El Consejo Consultivo indica que el Ayuntamiento deberá quedarse con la garantía y ser indemnizado por daños y perjuicios.

A partir de ahora habrá que ver qué decide el Ayuntamiento para licitar e iniciar esta obra, a la que le falta una segunda fase, centrada en el convento, para la que hay una subvención estatal del 1,5% cultural. Urbanismo, en sus presupuestos para este año, incluyó una partida de más de 750.000 euros para la segunda fase de la rehabilitación de Regina.

Pulsa para ver más contenido para ti