El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado este martes en un auto la nueva orden dictada por la Junta para requerir el pasaporte covid en residencias y hospitales, una medida que estará en vigor hasta el próximo 15 de enero.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado en una edición extraordinaria, tras ser ratificada por el TSJA, la orden por la que se establece la medida preventiva de salud pública, por la que se exigirá el certificado covid-19 o prueba diagnóstica para el acceso a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial.

Dicha orden, que entra en vigor desde su publicación este martes en el BOJA, acota la fecha de exigencia del pasaporte hasta el 15 de enero próximo, como pedía el TSJA para recibir el visto bueno.

Las condiciones para el pasaporte covid en Andalucíaa

La orden estipula que "las personas mayores de 12 años, visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados en centros sanitarios con internamiento o de personas residentes en centros sociosanitarios residenciales, podrán acceder a los mismos, ya sean centros de titularidad pública o privada, siempre que dispongan de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado (...) que acredite la concurrencia de que recibieron la pauta completa de una vacuna contra el covid-19; que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas en el caso de las PCR y 48 horas en el caso de los test de antígenos" o que "se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses", para lo cual "la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado del covid-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, y no es válido otro tipo de test".

La medida, "no será aplicable para el acceso de las personas acompañantes de pacientes en el ámbito de las consultas hospitalarias o el servicio de urgencias hospitalarias".

"En cumplimiento de los principios de necesidad y de proporcionalidad, la medida prevista en esta orden será objeto de seguimiento y evaluación continua por el Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de Andalucía con el fin de garantizar su adecuación a la evolución de la situación epidemiológica y sanitaria y de cobertura vacunal", concluye la publicación en el BOJA.