Dos hermanos se enfrentan a una petición de cuatro años de cárcel y sendas multas de 4.800 euros después de que, presuntamente, uno vendiera al otro su mitad de una vivienda que compartían en Cabra para evitar que se la embargara la Seguridad Social.

De este modo, el escrito de acusación del fiscal señala que uno de los procesados era el administrador único de una entidad mercantil que contrajo deudas por importe de 29.008 euros con la Seguridad Social y, ante la falta de solvencia de esta, se notificó al acusado el inicio del procedimiento de derivación de la responsabilidad.

El mismo documento indica que en diciembre del 2013 esta persona fue declarada responsable solidaria de la deuda y en enero se acordó el embargo del único bien que tenía, el 50% de un inmueble localizado en el municipio de Cabra.

Sin embargo, los dos acusados se pusieron de acuerdo, supuestamente, para que en noviembre del 2013 el responsable de la deuda vendiera a su hermano la parte de su propiedad por valor de 20.000 euros. El fiscal entiende que "lo extrajo de su esfera patrimonial impidiendo así la efectividad de dicho embargo y con el consiguiente perjuicio para la Tesorería General de la Seguridad Social, que a fecha de hoy no ha cobrado cantidad alguna".

El ministerio público sostiene que estos hechos constituyen un delito de alzamiento de bienes y por esto solicita que se imponga a cada uno de los procesados dos años de prisión y la citada sanción económica.