Tribunales

La Audiencia pide a la Fiscalía que informe del indulto a Griñán

El expresidente andaluz, José Antonio Griñán, durante el juicio.

El expresidente andaluz, José Antonio Griñán, durante el juicio. / EFE

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La Audiencia de Sevilla ha pedido a la Fiscalía Anticorrupción que informe sobre la petición de indulto planteada por el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años de prisión por el caso de los ERE falsos, y a los otros siete exaltos cargos de la Junta que fueron condenados por este caso.

En una providencia notificada este miércoles, la Sección Primera de la Audiencia pide a la Fiscalía que emita un informe, una vez que ha sido presentado el escrito de la Junta, solicitado por los magistrados, por haber ejercido la acusación particular en esta causa política de los ERE falsos. La Audiencia de Sevilla rechazó recientemente la queja de la defensa de Griñán contra la decisión del tribunal de solicitar a la Junta que se pronunciara sobre la petición de indulto que se está tramitando, en su condición de perjudicada por el caso. Así figuraba en sendos autos emitidos el pasado 26 de febrero, en respuesta a unos recursos de súplica dirigidos contra la providencia en la que la Sección Primera exponía que «dada cuenta del informe del Ministerio Fiscal, únase a los autos de su razón y dese traslado por tres días al letrado de la Junta, como única parte perjudicada, para que emita su parecer sobre la petición de indulto».

La defensa de Griñán, cuya pena de cárcel está actualmente suspendida por un cáncer de próstata que padece, alegó que ni la Junta es parte en estas actuaciones en cuestión ni la pena de cárcel impuesta al expresidente andaluz incluye perjuicio ni condena por responsabilidad civil, con lo que la representación del expresidente avisaba de que no están perjudicados en estas actuaciones concretas. No obstante, los magistrados señalaron que el artículo 24 de la Ley del Indulto no exige que la parte perjudicada, sea parte en el expediente, y concluyeron diciendo que la providencia «se limita acordar el traslado a la Junta para que alegue lo que estime conveniente respecto de la petición de indulto».