Opinión | ECONOMÍA CON TOQUE

La propiedad privada

Es un concepto económico que está recogido en la Constitución como un derecho fundamental

La propiedad privada es la piedra angular de la democracia. Básicamente, cuando algo es mío, la ley me protege para que nadie se pueda quedar con ello. De hecho, es un concepto económico que está recogido en la Constitución como un derecho fundamental. Es más, hasta mi sobrino de dos años lo ve lógico y se da cuenta mientras coge su juguete y dice «mi-mi-mío». Entonces, ¿por qué a los gobiernos les ha dado por cercenar un derecho fundamental de los ciudadanos? Pues supongo que porque les da la gana y les seguimos votando, aunque algunos ciudadanos están de acuerdo con ello e incluso lo defienden.

Lo primero que dicen esos ciudadanos es que no, que en todo caso la propiedad privada es la piedra angular del libre mercado o del «malvado» capitalismo; lo que no dicen es que parece haber una relación directa entre libre mercado y democracia. Esto tiene su lógica, ya que el libre mercado se fundamenta en la libertad: la del consumidor para elegir qué comprar (dentro de su renta), la del productor para elegir qué y cómo producir (dentro de la ley) y la del trabajador para quedarse o irse de un trabajo en función de sus preferencias (esto en España es algo más difícil debido a nuestro desastroso mercado de trabajo). Así, el sistema de libre mercado se basa en proteger la libertad de los agentes económicos, cuestión que solo puede ser avalada en y por una democracia. También dirán que las personas que no tienen un piso o casa tienen derecho a tenerlo, que eso también viene en la Constitución y que, por tanto, no hay problema en ocupar. Añadirán que hay que limitar el precio del alquiler. Seguirán con que, en la nueva propuesta de ley sobre la vivienda, su artículo 11 no presenta ningún problema y que todos somos fascistas. Pero vamos paso a paso.

La ocupación se ha convertido en un problema muy serio en este país. A finales del año pasado se acumulaban más de 9.900 denuncias, estando un tercio de estas viviendas habitadas cuando se realizó dicha ocupación, según datos del Ministerio del Interior. Cuando se ocupa una vivienda, los propietarios ven radicalmente eliminado su derecho a utilizar legítimamente su propiedad y, además, tienen que pagar gastos como los suministros y comunidad, sin contar con los desperfectos y gastos jurídicos de recuperarla. Según el Consejo General del Poder Judicial, en el año 2021, los propietarios esperaron una media 18,1 meses, siendo increíble lo de Castilla y León, donde de media se tardó 30,8 meses; aunque tampoco echemos las campanas al vuelo los andaluces, donde la espera alcanzó los 19,9 meses. Según el INE, en nuestro país hay unos 3 millones de pisos vacíos, pero 1,9 millones están en pueblos o ciudades pequeñas (de menos de 50.000 habitantes), mientras que las ciudades con mayor número de viviendas ocupadas son: Barcelona, Madrid, Gerona, Valencia, Sevilla, Tarragona o Murcia. Saquen sus conclusiones. Nos podemos preguntar ¿por qué no vasta con que el propietario vaya con su DNI y las escrituras del inmueble para que echen a los ocupas? Pues ni idea. Y si realmente son familias en situación de pobreza y exclusión social, ¿por qué el Estado no les facilita un alquiler social? Pues ni idea.

Con el alquiler, tres cuartos de lo mismo. Una persona tiene un piso y lo alquila, y no puede alquilarlo al precio que considere oportuno, ¿por qué? Es su inmueble, lo ha pagado él o ella. Para quien piense que nunca he vivido de alquiler, pues más de seis años y además nunca he tenido un inmueble para alquilar. No obstante, si un piso está muy caro, nadie lo alquilaría y tendría que bajar el precio. Es cierto que hay ciudades donde no se baja el precio porque se alquila, pues vamos a aumentar la oferta tanto privada como pública, vamos a dar facilidades. Si capamos el precio del alquiler solo se conseguirá reducir la oferta, y si no damos seguridad jurídica a los propietarios por si el inquilino termina ocupando la vivienda, solo reduciremos la oferta y haremos que cada vez se cobre más caro y se exijan más requisitos.

Respecto a lo último, pues en ese artículo 11 de la propuesta de ley pone «el derecho de propiedad de vivienda queda delimitado por su función social». No soy jurista y no estoy segura de si esto significa que pueden quitarme el derecho sobre mi propiedad para darle una función social, es decir, ¿puedo perder la propiedad o el derecho a usarla como quiera? Si es así, ¿quién determinaría esa función social?, ¿un político determina esa función social? Que me voy al Polo Norte como nos sigan quitando libertades, y ya si eso hablamos otro día de las ciudades de 15 minutos...

* Profesora de Economía Universidad de Córdoba

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