Diario Córdoba

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Rafael Santaella Ariza.

TRIBUNA ABIERTA

Rafael Santaella Ariza

Bonificar el Impuesto sobre el Patrimonio

No es una supresión pues la obligación de presentarlo se mantiene aunque esta sea con resultado cero

El pasado lunes 19 de septiembre, Juan Manuel Moreno, presidente de la Junta de Andalucía, anunciaba una serie de medidas fiscales en las que se incluía la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio, una mayor deflactación de la escala autonómica en el IRPF o la bonificación transitoria del canon del agua. De estas medidas, posiblemente sea la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio la que afecta a un menor número de contribuyentes, pero sin lugar a dudas, la que más revuelo está causando.

El Impuesto sobre el Patrimonio es un impuesto estatal que grava el patrimonio neto de las personas físicas produciéndose su devengo el 31 de diciembre de cada año y se encuentra cedido el 100% de su recaudación a las comunidades autónomas, las cuales podrán ejercer determinadas competencias como establecer el mínimo exento, tipo de gravamen, deducciones y bonificaciones de la cuota. Por regla general, los patrimonios por debajo de 700.000 euros están exentos de pagar este impuesto.

Realmente no se trata de una supresión sino de una bonificación, pues la obligación de presentarlo se mantiene aunque esta sea con resultado cero y será de aplicación desde el momento actual, en la declaración de 2022 a efectuar en el 2023.

Según datos publicados por Estadística Tributaria de Andalucía y referentes al ejercicio 2021, la recaudación total de este impuesto en nuestra comunidad fue de 109.759.968 euros en 2021 lo que apenas representa el 0,66% del total de 16.664.058.893 euros recaudados por impuestos directos e indirectos, tasas y precios públicos. Dicho gravamen afecta aproximadamente a 18.900 andaluces, o lo que es lo mismo, el 0,2% de la población andaluza.

Los cordobeses, en lo que a la recaudación de este tributo se refiere, nos encontramos a la cola en Andalucía, pues según datos publicados por el organismo anteriormente mencionado, con los 6.153.747 euros recaudados en el pasado ejercicio, solo superamos en recaudación por este impuesto a Huelva, estando muy lejos de los 38.370.046 euros de Málaga, los 25.468.753 de Sevilla o los algo más de 12 millones de Cádiz.

La polémica por dicha noticia está servida, pues nos encontramos con opiniones que van desde quien piensa que estos recortes afectaran a los servicios públicos ya que habrá una menor recaudación, hasta quien opina que la eliminación de este impuesto incentivará que personas físicas establezcan su residencia en Andalucía repercutiendo ello en un incremento de contribuyentes en IRPF e IVA, impuestos más relevantes que el de patrimonio en lo que al sustento de las arcas públicas se refiere.

En el ejercicio 2021 se recaudó por este impuesto más que en 2020, lo que puede hacer pensar que tuvo mucho que ver el hecho de haber bonificado el 99% del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones entre padres e hijos en nuestra Comunidad Autónoma y consecuentemente con ello, capitales que antes establecían su residencia fiscal en otras comunidades, como por ejemplo Madrid o incluso en el país vecino, ahora lo hacen en Andalucía.

De esta forma, Andalucía trata de seguir los postulados de la Comunidad de Madrid en lo que a política económica se refiere.

Sinceramente pienso que la baja tributación puede ser un factor importante a tener en cuenta para atraer empresas y profesionales, pero no el único. Existen otros factores a tener en cuenta y que determinarán donde se asentará una empresa, un empresario o un profesional, como son la estabilidad y seguridad jurídica en un determinado territorio -véase el ejemplo de Cataluña-, una buena infraestructura de comunicaciones, o nuevas dinámicas laborales como es el teletrabajo --Málaga el pasado año fue la provincia con mayor crecimiento en número de habitantes por este motivo--, ...En definitiva, todo suma en aras de un mayor crecimiento económico, de igual manera que la batalla fiscal entre comunidades... También crecerá.

*Abogado Tributarista. Asesor Fiscal

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