La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMV), que preside José María Marín Quemada, ha vuelto a multar a las dos grandes empresas audiovisuales de España por sobrepasar los tiempos de publicidad que marca la normativa.

Según informó el pasado viernes el órgano de control y gestión se han impuesto sendas sanciones a Atresmedia (por un importe de 18.175 euros) y a Mediaset (63.705 euros) por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo del 2016 en sus canales de televisión Tele 5, Cuatro, Divinity y Energy. Respecto a las infracciones cometidas por la empresa audiovisual Atresmedia, el exceso de publicidad se produjo en Antena 3, también entre enero y mayo de este año.

La ley establece que el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta debe ser un máximo de 12 minutos por hora natural, teniendo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento.

También se excluye del cómputo la telepromoción, cuando el mensaje individual de estos anuncios propios tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj, explica la CNMV.

Contra estas sanciones económicas, las empresas Mediaset y Atresmedia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.