Esta sentencia catalana puede tener muchas lecturas políticas, pero no menos penitenciarias. Dicen por ahí que a estos elementos de discordia social les darán el tercer grado, o sea la libertad con control, tan pronto como sea burocráticamente posible porque las competencias penitenciarias están trasferidas a la Comunidad Autónoma que está controlada por independentistas. Y eso, aun dictando la ley competente que en las penas de cárcel de más de cinco años no se podrá acceder al tercer grado mientras no se cumpla la mitad de la condena; eso se llama «Periodo de Seguridad». Pero también es cierto que otra parte de esa ley dice que si la Junta de Tratamiento de la cárcel hace una propuesta razonada en la conducta del preso (que seguramente será impecable) y la asunción de su delito (aquí van a mentir descaradamente) al juez de Vigilancia Penitenciaria se puede obviar este periodo de seguridad y los insurgentes penados estarán en la calle muy pronto. En mi opinión, dar el tercer grado a estos condenados por el Tribunal Supremo en la clasificación inicial que se da a las pocas semanas de ingresar en prisión, será un descarado desafío al Estado aparte de un desprecio a los propios presos catalanes que están ahí por otros delitos. Pero lo más triste -o lo más alegre para ellos- es que esta estrategia es totalmente legal y no existiendo prevaricación no hay más remedio que acatar las leyes que nuestros políticos aprueban a propuesta de los legisladores (bueno, más bien al contrario). Pero lo mismo que yo como jurista tengo que asumir el Principio de Legalidad, todos los juristas deben hacerlo: una agravante de los delitos es que la acción delictiva se encuadre en el reparto de papeles de una banda organizada. Ello eleva las penas. El Tribunal Supremo, que tanto sabe y sienta, exige para la concurrencia de una organización criminal, no solo el reparto de papeles, sino que dicha banda criminal disponga de unos recursos tecnológicos medianamente avanzados. Pues este Tribunal Supremo, teniendo ante sus narices toda una conspiración política criminal como es el llamado proceso catalán, no ha apreciado la existencia de organización para delinquir con el mismo fin. En cambio, todos los días, cientos de imputados pobres procedentes de la exclusión social son condenados a penas más altas porque se considera que por ser miembros de la misma familia o pegar una voz diciendo: ¡agua, que viene la policía! es indicio suficiente de organización criminal. Ruego a jueces y fiscales que cada vez que quieran acusar o condenar con la agravante de organización criminal a conductas penalmente relevantes que se dan en zonas de exclusión social, cuenten hasta diez y piensen en la sentencia del proceso catalán.

* Abogado