La Audiencia de Barcelona ordenó ayer el ingreso en prisión de Oriol Pujol para cumplir su condena a dos años y medio de cárcel por cobrar comisiones ilegales en el caso ITV. La magistrada que presidió el juicio rechazó la petición de la defensa del hijo del expresidente de la Generalitat Jordi Pujol de que se suspendiera la entrada en prisión a cambio de cumplir la pena con trabajos en beneficio de la comunidad. La resolución sostiene que los delitos del exdiputado de CDC «son muy graves», por haber utilizado su cargo para su propio interés, y su actuación ha supuesto un «ataque muy importante» al Estado de derecho. La magistrada de la sección 20 de la Audiencia de Barcelona, María del Carmen Zabaleguí, que presidió el breve juicio que se celebró, ha dado 10 días a Oriol Pujol para entrar de forma voluntaria en un centro penitenciario. Aún cabe recurso, que suspendería el ingreso efectivo hasta que la resolución sea firme, según fuentes judiciales. El abogado del exdirigente de CiU, Javier Melero, aseguró a este diario que están valorando si presentan o no recurso, el cual valoraría la misma jueza que ha dictado ahora el auto. El hijo del expresident fue condenado el pasado julio por el intento de amaño en la adjudicación de estaciones de ITV y cobrar comisiones ilegales para favorecer a empresarios amigos. La pena de dos años y medio le fue impuesta después de llegar a un acuerdo con la fiscalía a cambio de reconocer la acusación. Los delitos que se le atribuyen son tráfico de influencias, cohecho y falsedad en documento mercantil.

La resolución señala que Oriol Pujol cometió dichos delitos «aprovechando su posición de diputado» en el Parlament, utilizando «su posición política» para conseguir «actos administrativos» favorables a sus «intereses económicos y los de los empresarios con los que se había concertado». De ellos, indica la jueza, percibió comisiones a través de empresas de su mujer, que procedió a la facturación de trabajos inexistentes. La Audiencia sostiene que estos hechos son «muy graves» porque el exdiputado, «en vez de prestar el servicio a la sociedad inherente a sus cargos políticos», se aprovechó de los mismos «en su propio beneficio», pues no actuó «en interés del pueblo al que representaba, sino en el suyo propio». Además, relata el auto judicial, «no se trató de una acción aislada, sino de una manera de actuar desde su privilegiada posición política y actividad pública», que se prolongó durante los años 2010 y 2012 y que «solo terminó cuando la estratagema fue descubierta».

«Ha supuesto [la actuación del expolítico] un ataque muy importante a nuestro Estado de derecho, pues afecta a su propia esencia y provoca desconfianza en la ciudadanía hacia sus propios representantes», entiende la magistrada. Por esta razón, prima, «por su gravedad», la naturaleza del hecho cometido sobre las circunstancias personales de Oriol Pujol, como su retirada de la política, su estigmatización social y su situación familiar, económica y laboral. «No existe ningún elemento extraordinario que aconseje la suspensión de la pena», insiste. El auto concreta que el ingreso en prisión «restablece la confianza del ciudadano en la norma jurídica», mientras que lo contrario supondría «la minimización de actos delitivos graves cometidos por un político que, además, ostentaba el cargo de diputado en el Parlament». La magistrada incide en que la «vida normalizada» del hijo del expresident y su «arrepentimiento» (se le rebajó la petición de pena a cambio de su confesión) no van a ser ignorados por la ley.