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Malas noticias para Bizum: Hacienda te pondrá una multa si superas esta cantidad

La popularidad de este método de pago ha hecho que los organismos públicos entren a regular y supervisar determinadas operaciones

Hacienda puede multarte si superas esta cantidad en Bizum

Adrián Ramírez

Adrián Ramírez

Bizum es, sin duda, el método de pago instantáneo más popular. Con ella, muchas personas han dejado atrás las transferencias, las cuales ya se usan en la mayoría de casos para cantidades de dinero muy elevadas, y otras lo utilizan como sustituto del dinero en metálico en determinadas situaciones. Para controlar los movimientos que se producen a través de Bizum, Hacienda está regulando su uso y, en 2024, ha fijado una nueva cantidad máxima de dinero que se puede hacer. De superarla, el usuario podría recibir una multa.

Bizum se dispara

El sistema de pago instantáneo que surgió en 2016 como competencia a PayPal, en pocos años y en especial tras la pandemia, se ha erigido como un método muy eficaz y cómodo. En España cuenta con más de 10 millones de usuarios, siendo muy utilizada sobre todo por los jóvenes. De hecho, este crecimiento ha originado que cada vez más comercios lo hayan implementado como método de pago válido.

Una mujer utiliza la aplicación de Bizum en su teléfono móvil.

Una mujer utiliza la aplicación de Bizum en su teléfono móvil. / Europa Press

Hacienda podría multarte

Precisamente este auge ha provocado que las administraciones públicas entren a regular y controlar la actividad que se realiza a través de Bizum. Este método ya cuenta con un límite de 50 céntimos como envío mínimo y 1.000 euros como máximo. Además, al mes se pueden mandar hasta 5.000 euros por cuenta y 10.000 en caso de que se haga usando varias.

Hacienda puede pedir información a las entidades bancarias de las transacciones que se realizan de esta manera y, si son más de 10.000 euros la persona tiene que incluirla en la declaración de la renta. Además, como nueva medida, te puede multar en caso de que se supere esta cantidad y no esté justificada.

Tal y como se refleja en la Ley general tributaria, se deben registrar las transferencias superiores a 10.000 euros a través del modelo SI, y en caso de no hacerse, las multas irán desde los 600 euros hasta el 50% de la cantidad que haya sido mandada. Por otro lado, si no se justifica el origen del dinero se pueden imponer multas leves, de hasta 60.000 euros; o muy graves, de más de 150.000 euros.