El Tribunal Supremo aborda este miércoles establecer jurisprudencia definitiva sobre la legalidad o no del IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), como índice de referencia de los préstamos hipotecarios. El Pleno debía reunirse el pasado 30 de septiembre, pero retrasó la deliberación debido a que el presidente de la Sala Primera debía guardar cuarentena. Dos sentencias de la Audiencia Provincial de Baleares fallaron en junio avalando el IRPH, en procedimientos derivados de Targobank, Banco Popular y Caixabank. Pero al menos otras 17 sentencias se han pronunciado en contra, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dejará en manos de los jueces españoles evaluar cada caso. Es posible que el Supremo no dé a conocer hoy su decisión, pero a continuación se desgranan las claves sobre las que los magistrados deben considerar.

CUESTIÓN DE TRANSPARENCIA

El tema legal en debate es la transparencia de la venta de hipotecas de consumo vinculadas al índice IRPH. El indicador es un índice oficial calculado por el Banco de España utilizado en España para las hipotecas a tipo de interés variable como alternativa al euríbor. Como el IRPH ha registrado históricamente tipos superiores al euríbor, los consumidores han reclamado que el índice no se divulgó de forma transparente cuando se firmó el contrato hipotecario. Desde el 2013 existen juzgados de primera instancia en España que han fallado a favor de los clientes. Estas sentencias determinaron que para ser transparente, el contrato debe incluir una explicación completa del índice, comparaciones con otros índices, evolución histórica y pronóstico de los índices. Sin embargo, el Tribunal Supremo español estableció en un fallo de diciembre del 2017 que bastaba con indicar el índice para pasar el requisito de transparencia.

UN MILLÓN DE PRÉSTAMOS CON IRPH

Se calcula que hay un millón de préstamos que, según la estimación realizada por la asociación de consumidores Asufin, pagaron de media 165 euros más al mes desde el 2004 hasta este año, con respecto a los que estaban referenciados al euríbor, lo que supone un total de 24.987 euros de sobrepago, en términos generales. Esto significa que el IRPH ha tenido un impacto económico en el ámbito hipotecario de 25.000 millones de euros, según esos cálculos.

El indicador tiene en cuenta la media de los préstamos a tres años concedidos por bancos (IRPH de bancos), según la oferta media de cajas de ahorro (IRPH de cajas, el más extendido) y el global de entidades (IRPH del conjunto de entidades). Esos indicadores fueron sustituidos en el 2013 por IRPH entidades, que es el índice oficial actual. El Banco de España es el encargado de elaborar el dato, que después se publica en el BOE.

INDICADOR MENOS VOLÁTIL

La supuesta ventaja del IRPH frente al euríbor era que se trataba de un indicador menos volátil, con menores oscilaciones. Es decir, que en teoría no subiría como el euríbor. A cambio, la gran desventaja del IRPH es que era y es más caro. En concreto, una hipoteca referenciada al IRPH pagará entre un 1,5% y un 3% más, aunque esa circunstancia no fue normalmente explicitada por las entidades financieras.

Lo que justifica que el caso saltara a instancias de la Unión Europea es el cuestionamiento de la transparencia efectuado por magistrados españoles. Una sentencia del Tribunal Supremo del 2017 a favor de Kutxabank exponía que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad, pero no suscitó unanimidad: el magistrado Francisco Javier Orduña Moreno votó en contra y a él se sumó Francisco Javier Arroyo --miembros de la Sala que produjo el fallo-- porque consideraron que sí cabía alegar falta de control de la transparencia en la comercialización de hipotecas indicadas al IRPH.

En febrero del 2018, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) admitió a trámite la cuestión prejudicial del juzgado número 38 de Barcelona, del juez Francisco González de Audicana, ante las dudas que le suscitaba la cuestión. El 3 de marzo del 2020, el TJUE emitió la sentencia por IRPH que determinó que los jueces podrán comprobar si se explicó el IRPH de manera clara y transparente como para que un consumidor medio pudiera comprender el coste económico que le iba a suponer, dando así la razón a los consumidores que firmaron esos contratos sin ser plenamente conscientes del sobrecoste que iban a tener que asumir.

DISCREPANCIAS JUDICIALES

La resolución del Tribunal de Luxemburgo no ha sido suficiente para unificar el criterio de los jueces españoles. Tanto en los juzgados de primer instancia como en las Audiencias provinciales se han producto sentencias contradictorias desde entonces. El recuento realizado por la asociación de consumidores Asufin, arroja un balance favorable a los afectados: 32 sentencias se han resuelto a favor de los demandantes; 17, en contra y cuatro ha resuelto con un veredicto parcial. Se da la circunstancia de que ocho magistradas fueron las pioneras en dar la razón al consumidor al firmar las primeras nueve sentencias que en conjunto consideran abusivo el IRPH, tanto de Cajas como Entidades, y lo sustituyen por euríbor. Además, en varios fallos, se eliminan de los contratos otros elementos abusivos como la cláusula suelo, de hasta el 4% en algunos casos, gastos (notario, registro y gestoría), comisión de apertura y vencimiento anticipado.

UN MERCADO DECRECIENTE

Analistas como DBRS estima que los bancos españoles han concedido alrededor de 109.000 millones de euros de hipotecas residenciales vinculadas al IRPH desde el 1999 o alrededor del 7,6% del total de hipotecas residenciales concedidas. Sin embargo, la popularidad de este índice ha ido disminuyendo con el tiempo y mientras que las hipotecas residenciales vinculadas al IRPH representaron alrededor del 12% del volumen total originado en el 2004, desde el 2016 representan menos del 1% del total de contratos firmados. Este es el resultado de un cambio en las prácticas del mercado, ya que los bancos se han centrado más en el euríbor para las hipotecas a interés variable.

Además, los bancos han estado ofreciendo cada vez más hipotecas con tasas fijas desde el 2011. Cabe destacar que también ha habido una gran diferencia entre regiones, de manera que Catalunya es la comunidad con más préstamos hipotecarios del IRPH concedidos. DBRS calcula que alrededor del 36% del total de hipotecas residenciales concedidas con IRPH desde el 2004 fueron en Catalunya. Sin embargo, la exposición hipotecaria restante actual de los bancos españoles no es de 108.000 millones de euros, pero es sustancialmente menor. Se estima que la exposición agregada de los 12 mayores bancos de España asciende a unos 20.000 millones de euros a finales del primer semestre del 2019. Extrapolando a todo el sistema, esto sería una cantidad de alrededor de 23 000 millones de euros.