Diario Córdoba

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Crisis del coronavirus

¿Es obligatoria la mascarilla en Córdoba dentro del ascensor?

El cubrebocas ya no es indispensable en zonas comunes de bloques de pisos y otras viviendas, lo que incluye los elevadores | Sin embargo, el Colegio de Administradores de Fincas aconseja seguir usando el elemento de protección

Una mujer entra en un ascensor en un bloque de pisos de Córdoba con su mascarilla puesta. CHENCHO MARTÍNEZ

Montarse en el ascensor de un bloque de pisos o de otro tipo de edificio es un acción que se puede realizar con mucha frecuencia en cualquier punto de Córdoba. Hay algunos trabajadores, como por ejemplo, repartidores, carteros, sanitarios, vendedores, profesionales de la limpieza, entre otros, que se pasan buena parte del día dentro de ascensores o recorriendo zonas de tránsito común para muchas personas, y también personas, que por su delicada salud, no tienen más remedio que usar el elevador si tienen suerte de que en su bloque cuenta con esta prestación.

Desde que la semana pasada entró en vigor el real decreto por el que se exime del uso de la mascarilla, como medida de prevención frente a la pandemia del coronavirus, en los espacios interiores (salvo determinados centros sanitarios, residencias, transporte público, entre otras excepciones) ya no hay una ley que impida que una persona se pueda montar en un ascensor sin mascarilla, señala la presidenta del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba, Mercedes Romero, ya que este real decreto no recoge que sea obligatorio emplear la mascarilla en las zonas comunes vecinales.

Mercedes Romero apunta que el régimen interno de una comunidad de vecinos no puede contradecir lo que indica un real decreto, que es una legislación superior, por lo que hay que aplicar la normativa estatal aprobada la semana pasada, salvo que se introdujera alguna modificación. Según este real decreto, ya no se puede obligar a nadie a usar la mascarilla cuando se utiliza el ascensor y en el resto de zonas interiores de las comunidades de propietarios (vestíbulos, escaleras, portales, cocheras, entre otros espacios), confirman también desde la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía.

Sin embargo, como precisa Romero, "aunque ya no sea obligatoria la mascarilla en los espacios comunes de las comunidades de vecinos, lo que incluye los ascensores, siempre es razonable apelar al sentido común y a la responsabilidad de no montarse en un ascensor sin mascarilla", porque no podemos saber si en el elevador nos acompaña una o varias personas vulnerables. Y también evitar montarse en un ascensor si el usuario tiene covid o hacerlo solo, salvo caso de mucha necesidad, siempre provisto con una mascarilla FFP2 y sin acompañantes, teniendo en cuenta que ya no se guardan cuarentenas salvo en los casos graves y que muchos trabajadores, asintomáticos o con síntomas leves, se están viendo obligados a trabajar estando contagiados.

La presidenta del Colegio Territorial de Administradores de Fincas subraya que respetar la distancia interpersonal en un ascensor o que exista ventilación es algo muy complicado de cumplir, ya que la mayoría de elevadores de los bloques de pisos y comunidades de vecinos son de reducido tamaño y no permiten que haya una separación de metro y medio entre personas, ni tampoco ventilación.

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