El TSJA considera que licencia de obras de la estación de servicio es legal
La plataforma no recurrirá el fallo sobre la gasolinera de Palma del Río
El abogado explica que como la obra carece de calificación ambiental no podrá tener licencia de actividad
El asesor de la Plataforma Gasolinera No Palma del Río, Miguel Villa, valoró esta tarde el fallo de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía , en relación a la instalación de una gasolinera de la firma PlenoIL en el casco urbano, en la que se reconoce la legalidad de la licencia de obra de la misma. Al respecto, el letrado indicó que «la calificación ambiental, como requisito imprescindible para la actividad es desfavorable», por que, a su juicio, sin esa autorización no puede haber gasolinera. De esta forma, señala que sí alguna de las otras dos partes en el litigio, Ayuntamiento o Plenoil, recurren, estudiarán «la adhesión a la petición».
Villa se remontó al inicio de este conflicto explicando que para que una gasolinera pueda ejercer su actividad requiere, primero, licencia de actividad, segundo, licencia de obra y ha argumentado que «la clave es que para tener la licencia de actividad hay que tener calificación ambiental y el Ayuntamiento firmó una calificación ambiental desfavorable y la licencia de obra decae».
El abogado dijo que no van a recurrir la sentencia porque al no haber calificación ambiental, no puede haber licencia de actividad.
Por su parte, Elena Cárdenas, como portavoz de la Plataforma Gasolinera No, recordó el apoyo de los vecinos que se adhirieron a su reivindicación con firmas y que ahora están pendientes de la interpretación del fallo por parte del letrado contratado por el Ayuntamiento.
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